Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 Puentes Festivos, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, los días, horas y vías de restricción para los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas en los siguientes términos:
DÍAS, HORAS Y VÍAS DE APLICACIÓN A NIVEL PAÍS
DÍA |
FECHA |
HORARIO |
VIERNES |
26 Mayo de 2017 |
16:00 A 22:00 horas |
SÁBADO |
27 Mayo de 2017 |
09:00 A 15:00 horas |
DOMINGO |
28 Mayo de 2017 |
No aplica |
LUNES |
29 Mayo de 2017 |
12:00 A 01:00 horas |
VÍAS A RESTRINGIR: 1. ALTO EL MANZANO – PEREIRA- RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO. |
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El viernes 26 de mayo 2017, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga en las salidas de la ciudad de Bogotá, departamento de Cundinamarca y el corredor vial Bogotá – Girardot – Ibagué – Calarcá.
NOTA 2: El lunes 29 de mayo de 2017, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que transiten en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que transitaran durante el puente festivo Día de la Ascensión por los diferentes corredores viales, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales) en los siguientes tramos viales:
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y el Ministerio de Transporte.
Los siguientes horarios están sujetos a variación por la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU” si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado.
Comments are closed.