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Código de Policía es demandado por vulnerar derechos de trabajadoras sexuales

La demanda se presentó ante la Corte Constitucional, por considerar que viola los derechos fundamentales de las mujeres trabajadoras sexuales, específicamente es contra los artículos 43 y 44 que restringen la movilidad y trabajo de estas personas.

Según los artículos mencionados, se dan los requisitos que deben tener los establecimientos que presten este tipo de servicios, como por ejemplo la distribución de preservativos a los usuarios, y la colaboración con las inspecciones de las autoridades sanitarias.

También especifican la prohibición fuera de las zonas y horarios establecidos por las autoridades, así como los actos de exhibicionismo en la vía pública. Estas normas tienen multas por incumplimiento que están entre los 98 mil y 780.000 pesos.

Alirio Uribe, representante a la Cámara por Bogotá, señaló que: “Pretendemos que se declare la constitucionalidad condicionada para que los requisitos que son de establecimientos se les exijan a sus propietarios y no a las personas que en situación de prostitución”.

La solicitud tiene como finalidad que la sanción no se emita contra la persona que es utilizada en la prostitución.

Ángela María Robledo señaló que: “La demanda recoge las directrices de la Corte Constitucional que ha sido clara en reconocer el estatus de sujetos de especial de protección a las personas en situación de prostitución, del cual se derivan obligaciones de dar un tratamiento diferenciado y de protección de los derechos, que no recoge el Código de Policía”.

Y agregó la congresista que: “Resulta inadmisible la tendencia peligrosista y discriminatoria del Código de Policía, que impone y castiga de igual manera a los dueños de los establecimientos, los trabajadores y las personas en situación de prostitución cuando todos están en condiciones muy distintas y estas últimas además les exige cosas que no se les exige a ningún ciudadano”.