La Fiscalía fue condenada a pagar $7.300 millones a 29 personas encarceladas en un «falso positivo»
–Una reparación de 7 mil 300 millones de pesos deberá pagar la Fiscalía General de la Nación a las familias de 29 personas que fueron privadas injustamente de la libertad bajo la acusación de tener supuestos nexos con la guerrilla.
Se trata de una condena emitida por el Consejo de Estado por hechos sucedidos en septiembre de 2003 cuando fueron detenidas las 29 personas en el municipio de Quinchía, Risaralda, bajo el supuesto delito de ser aliados o cómplices de grupos subversivos en la región, acusaciones que nunca pudieron ser probados.
Tal como lo registra el fallo del Consejo de Estado, en septiembre del 2003 se desarrolló la ‘Operación Libertad’, que derivó en la captura y posterior imposición de medida de aseguramiento de estas personas, que meses después terminaron siendo acusadas de rebelión, terrorismo, concierto para delinquir y algunas de ellas de secuestro extorsivo.
Los afectados por la medida fueron: Gilberto Cano Bolívar,Darío de Jesús Valencia Gómez, Eliécer Tapasco Choren, Geoner Antonio Chiquito Ladino, Jairo Alfonso Trejos Bañol, Obdulio Pescador Pescador, Elgar García Bedoya, José Iván Chiquito Marín, Florentino Ladino Aricapa, José Efráin Trejos
Higuita, Estrella del Socorro Villada Muñoz, Marco Tulio Manzo Pescador, Carlos Alberto Ladino Ramírez, Didier de Jesús Vinasco Tapasco, Eduard Andrés Henao Pescador, Fabio de Jesús Ramírez Suárez, Fabio Nelson Cárdenas Guapacha, Héctor Fabián Becerra Soto, Héctor Fabio Soto Soto, Jesús Albeiro López Marín, José Santos Suárez Guevara, Martiniano de Jesús Manso Alzate, Oralia Bedoya Manso, Wilton Antonio Ladino Ladino, Aldemar Tusarma, Álvaro de Jesús Ladino Aricapa, César Antonio Hincapié Ocampo, Luis Alberto Maldonado Correa y Nazet de Jesús Manso Aricapa.
En julio del 2005 un fiscal Delegado ante el Tribunal Superior de Risaralda revocó la medida de aseguramiento y precluyó la investigación por falta de elementos materiales probatorios que sustentaran la tesis de la parte acusadora en torno a los supuestos nexos de estas personas con grupos guerrilleros.
Los otrora investigados interpusieron una acción de reparación directa a la que parcialmente accedió el Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda en el 2011. Esa corporación concluyó que la actuación de la Fiscalía fue desproporcionada, pues emitió una serie de decisiones que privaron a los demandantes de su libertad, con base en testimonios no contrastados de exmilitantes de la guerrilla del EPL.
Tras la apelación al fallo de reparación directa, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad del ente investigador. A su juicio, la demandada no probó que los acusados hubieran cometido los delitos por los cuales los acusó y no acreditó que su presunto aporte a la subversión no fuera producto de la coacción a la que podría haber estado sometida gran parte de la población de Quinchía en la época de los hechos.
Para la corporación, testimonios de oídas en torno a la supuesta colaboración de los investigados con la insurgencia no eran suficientes para probar su accionar delictivo, pues “el accionar de la fuerza insurreccional y los rumores que se propagaban sigilosamente, sustituían a las fuerzas del orden”.
El magistrado Guillermo Sánchez Luque presentó aclaración de voto frente a la decisión.
