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Procuraduría prorroga otros 3 meses suspensión del gobernador de San Andrés Roland Housni Jaller

–Una prórroga de tres meses más a la sanción de suspensión del gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Roland Housni Jaller, anunció este jueves la Procuraduría General de la Nación, que lo investiga por la presunta omisión de sus deberes en el manejo del sistema de salud del departamento.

El Ministerio Público señaló que la prórroga de la suspensión provisional está justificada, teniendo en cuenta que se mantienen los elementos de juicio que permiten acreditar que el gobernador, al parecer, no podría garantizar la prestación del servicio público de salud en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia.

La investigación disciplinaria busca esclarecer los hechos y presuntas irregularidades en la celebración de contratos para la operación del servicio de salud y entrega de medicamentos al Hospital Clarence Lynd Newvald.

Con la decisión de la fecha, son 6 meses de suspensión provisional que completa el mandatario isleño por este caso.

El pasado 20 de abril, la Procuraduría General de la Nación abrió investigación disciplinaria y suspendió provisionalmente por tres meses al gobernador Ronald Housni Jaller, por presuntas irregularidades en la celebración de contratos para la operación del servicio de salud y entrega de medicamentos al Hospital Clarence Lynd Newvald.

La investigación también cobija al actual secretario de Salud del departamento, Adolfo Lambis Urueta; a la exgobernadora Aury Socorro Guerrero Bowie, y a los exsecretarios de Salud Miguel Alfredo May Salcedo y Heyder Enrique Avendaño Villa.

El proceso tiene que ver con la operación de la IPS Universitaria, contratada para gestionar el hospital, por su deficiente servicio, falta de especialistas, escasez de insumos, medicamentos y de personal para la atención.

“Estamos hablando de la vulneración de los derechos a la salud en un territorio tan estratégico y tan fundamental para la defensa de nuestra soberanía”, dijo entonces el Procurador Fernando Carrillo Florez.

La Entidad reprochó que el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina no cuente con un plan para la adecuada gestión de la red pública para la prestación de los servicios de salud. Actualmente opera un convenio con la IPS Universitaria que tiene una vigencia de cuatro años.

La Procuraduría cuestionó que pese a que el gobernador Housni Jaller conocía la deficiente prestación de los servicios de salud celebró nuevamente un convenio con la IPS Universitaria (1134 de 2017), sin tomar las medidas para superar el caos institucional.

“Un servicio público que se entregó a operadores privados sin controles de ninguna naturaleza, ejercimos nuestra función preventiva, prendimos las luces rojas, le pusimos la lupa y se volvió entregar el servicio público de la salud a otro operador privado como si no existieran las advertencias de la PGN”.

Entre las denuncias que investiga la Procuraduría figuran la presunta existencia de carteles para manejar los servicios que requieren los usuarios de la salud en San Andrés.

“La existencia de carteles dentro del hospital como el cartel del oxígeno, de los insumos médicos, de tantas cosas que suponen contrataciones pequeñas, donde siempre se da el mismo patrón y es entregarle a los mismos y a los que prestan deficientemente esos servicios».

El proceso tiene origen en una visita especial realizada por la Procuraduría Delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, que encontró que la IPS Universitaria no presta los servicios en condiciones de calidad, oportunidad y suficiencia tanto en los servicios ambulatorios como hospitalarios, y carece de auditoría para mejorar la atención de la población de la isla, pese a los recursos que invierte la administración.

Entre los hallazgos que llevaron a la suspensión del gobernador se encuentran el convenio interadministrativo firmado con la IPS Universitaria, cuya selección no habría respetado lineamientos de la Ley 80 sobre contratación; la omisión de la inspección, vigilancia y control a las servicios que ofertó la IPS, la falta de una interventoría efectiva, la presencia de medicamentos vencidos, equipos médicos en malas condiciones y obsoletos.

Así mismo, se encontró incumplimiento en el manejo de los residuos hospitalarios (anatomopatológicos), acumulados a la intemperie en canecas plásticas, sin ningún tipo de seguridad, lo que representa un alto riesgo para la población y los trabajadores del Clarence.

Con la suspensión del gobernador se busca evitar «la interferencia del autor de la falta en el trámite de la investigación o permitir que continúe cometiéndola o la reitere».

Pero no es la primera sanción disciplinaria, porque el 23 de abril de este año, la Procuraduría General de la Nación suspendió por el término de 10 meses al gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por haber suscrito con la Cámara de Comercio un convenio para la celebración del Green Moon Festival, sin que la entidad contara con la idoneidad para ejecutar el objeto contractual.

En fallo de primera instancia, el Ministerio Público encontró que el mandatario departamental transgredió el principio de legalidad y responsabilidad de la contratación estatal y de la función administrativa, al suscribir el Convenio 016 de 2016 por 1.500 millones de pesos con la Cámara de Comercio de San Andrés.

Adicionalmente, estableció que tampoco contaba con el personal necesario para la coordinación del festival y carecía de la logística para su realización, por lo que debió acudir a la subcontratación de los instrumentos, memorias fílmicas y manuscritas, agencia de viajes, publicidad y escenario donde se realizó el evento.

Concluyó el Ministerio Público que el investigado actuó con culpa grave, toda vez que si hubiese sido diligente al revisar el convenio habría podido determinar que la Cámara de Comercio, pese a ser la titular de la marca Green Moon Festival, no estaba en capacidad de ejecutar el objeto del negocio jurídico.

“(…) Los convenios de asociación previstos en el artículo 355 de la Constitución Política de Colombia, no pueden ser utilizados por las administraciones públicas como instrumentos o herramientas para la transferencia de recursos, a una entidad sin ánimo de lucro, para que ésta los administre y se comporte como un outsourcing, contratando a terceras personas, quienes son las que real y materialmente terminan ejecutando el convenio”.

La Procuraduría precisó que no desconoce que las entidades territoriales tienen el deber de apoyar y fomentar la cultura, y reconoce el valor del festival para resaltar las tradiciones caribeñas a través de actividades académicas, gastronómicas, religiosas, deportivas, cinematográficas y musicales. Sin embargo, recordó que la función administrativa es reglada y el manejo de los recursos públicos en materia de contratación debe guiarse por las normas previstas para ese propósito.

Esta decisión de primera instancia fue apelada en audiencia pública por parte del apoderado del gobernador.