Judicial

JEP informa acerca de las finanzas de la entidad

Foto: jep.gov.co

Las cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2018 se encuentran totalmente canceladas. El régimen salarial y prestacional de la JEP se apega a la ley y no es exclusivo, ni exótico ni particular.

En vista de las informaciones erradas que han circulado sobre los resultados de los estados financieros de la JEP, se hacen las siguientes precisiones.

La gestión financiera de la JEP se desarrolla en estricto cumplimiento de la normatividad legal que le es aplicable sobre la materia.

En las entidades estatales es distinta la ejecución presupuestal de los resultados que se reflejan en los estados financieros de cada vigencia.

El presupuesto de la JEP en la vigencia 2018, que correspondió a 132 mil millones de pesos, tuvo una ejecución del 85 por ciento, pese a que se presentaron dos situaciones atípicas, propias del primer año de funcionamiento de una entidad del Estado: la provisión gradual de la planta de personal y que los recursos de inversión solo estuvieron disponibles para la JEP en octubre de 2018.

Estas dos situaciones atípicas impactaron el resultado de los estados financieros al 31 de diciembre de 2018 y conllevaron a que quedaran cuentas por pagar del orden de los 13 mil millones de pesos, donde están incluidas temas como el pago de cesantías, que por ley se hacen en el mes de febrero y pagos derivados de contratos celebrados en el último trimestre de 2018.

A la fecha, las cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2018 se encuentran totalmente canceladas.

No es inusual que las entidades del Estado presenten déficit en sus estados financieros al final de cada vigencia. Para ilustrar esta situación, vale decir que solo en el campo judicial, la Fiscalía General de la Nación presentó un déficit de 4,6 billones de pesos y la Rama Judicial de 4 billones de pesos, frente al de la JEP, que fue de 5 mil 990 millones de pesos.

La vigencia de 2019 será normal y se están tomando todas las medidas para mitigar situaciones similares al término del año, siempre y cuando el Ministerio de Hacienda garantice la disponibilidad de los recursos.

En cuando al régimen salarial y prestacional de la JEP se precisa lo siguiente: de conformidad con el Decreto 266 de 2018, el régimen salarial y prestacional de los funcionarios del Tribunal para la Paz y de las Salas de Justicia es el mismo de la Rama Judicial. Y el régimen salarial y prestacional de los funcionarios de la Secretaría Ejecutiva y de la UIA es el mismo de la Fiscalía General de la Nación.

Esto significa que el régimen salarial y prestacional de la JEP no es exclusivo, ni exótico ni particular.