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Corte Constitucional da vía libre a revisión de condenas contra aforados

Corte Constitucional
–Todas las personas que han sido condenadas en única instancia, los que han sido condenados por primera vez en un fallo de casación, o por primera vez en segunda instancia tienen derecho a impugnar las decisiones en su contra.

Así lo estableció la Corte Constitucional en un fallo tutela, en la cual reiteró la decisión adoptada en Sentencia C-792 de 2014, según la cual, en los casos en los que se profiere sentencia absolutoria en primera instancia y sentencia condenatoria en segunda instancia, el condenado podrá impugnar el fallo.

Asimismo, la Corte exhortó al Congreso para que regule el procedimiento legal que garantice el derecho a la doble conformidad judicial de la primera sentencia penal condenatoria.

Con este fallo, se abre la posibilidad de revisar por lo menos 250 condenas proferidas por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en contra de parlamentarios y otros aforados, desde 1991.