–Por incumplir requerimientos de esta autoridad frente a la importación de una mercancía proveniente de China, el Consejo de Estado dejó en firme la sanción de casi 500 millones de pesos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le impuso a la Hyundai Electronics Latin America S.A.
La empresa fue sancionada por no haber puesto a disposición de esa autoridad aduanera los artículos, que fueron requeridos para su aprehensión, pues los documentos de importación mostraban como proveedor a una empresa distinta a la que había emitido las facturas de adquisición del producto.
La sociedad sancionada interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra esta decisión ante el Tribunal Administrativo del Atlántico. Esta corporación judicial declaró la nulidad de la sanción y le ordenó a la DIAN reiniciar el proceso desde la etapa de pruebas, pues a su juicio, no le permitió a Hyundai ejercer su derecho de defensa frente a la comunicación emitida por el consulado de Beijing (China), según la cual la empresa que figuraba como proveedora en el soporte de la importación decía no conocer a la firma sancionada.
La DIAN interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Tribunal. El Consejo de Estado, como autoridad judicial competente para resolverlo, le dio la razón al organismo aduanero. Revocó el fallo de primera instancia, dejando en firme la sanción de casi 500 millones de pesos impuesta a la Hyundai Electronics Latin America S.
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La alta corte indicó que la factura emitida por el exportador no correspondía a la que figuraba en los documentos de importación, lo que dio lugar a que se iniciara la investigación y se produjera la falta consistente en no poner a disposición de la autoridad la mercancía requerida pare aprehensión. A su juicio, estas conclusiones están soportadas en pruebas que fueron practicadas dentro de este proceso.