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Invima alerta sobre venta de pruebas rápidas fraudulentas para Covid-19

–El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) lanzó una alerta a la ciudadabnia colombiana sobre la publicidad y venta de pruebas rápidas para la detección de Covid-19, las cuales son fraudulentas, pues no tienen registro sanitario o el visto bueno de importación.

La oferta y comercialización de estos elementos se ha venido realizando a través de medios virtuales, o fomentando su utilización por parte de personal no idóneo.

El Invima indicó en un comunicado que a través del continuo monitoreo de la publicidad sobre estos productos, ha
podido identificar desde el 15 de abril de 2020, fecha de la primera alerta sanitaria sobre estos hechos.

Los siguientes productos que se están ofertando / promocionando con fines de comercialización, de manera
fraudulenta, pues no cuentan con Registro Sanitario ni con visto bueno de importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE:

Pruebas Rápidas

TEST PERSONAL COVID-19, NET MEDICAL TRADE S.A.S, Sitio web identificado: www.nmtsas.com ; este producto no cuenta con Registro Sanitario y a la fecha, no se ha emitido visto bueno para autorizar su importación, a través de VUCE.

PROMED COVID 19 RAPID TEST – “PROMED – PROGROUP INTERNATIONAL CORPORATION”, -http://www.progroupco.net/index.php/services/science2; este producto no cuenta con Registro Sanitario, y a la fecha, no se han radicado solicitudes a través de VUCE para obtener autorización de importación.

LABGUN (COVID-19 ASSAY), Este producto no cuenta con Registro Sanitario, y a la fecha, no se han radicado solicitudes a través de VUCE para obtener autorización de importación.

MEDSAN COVID-19 IgM/IgG Rapid Test destino ECO AMERICA S.A.S e IDONEOUS SOLUTIONS COLOMBIA S.A.S. Este producto no cuenta con Registro Sanitario, y a la fecha, no se han radicado solicitudes a través de VUCE para obtener
autorización de importación.

RAPID SARS-CoV-2 Antibody (IgM/IgG) Test – ASOCIACION COLOMBIANA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS, MEBIOX S.A.S. Este producto no cuenta con Registro Sanitario, y a la fecha no se ha emitido Visto Bueno para autorizar
su importación, a través de VUCE.

AMP SARS -COV-2 GM cassete-. Se aclara que el nombre de este producto no concuerda con el de productos que están bajo estudio y validación, en trámites recibidos vía VUCE.

«CELLEX Q RAPID TEST» Se aclara que se ha detectado publicidad con este nombre, el cual no concuerda con el nombre de los productos que han sido autorizados y publicados en el listado de productos que cuentan con autorización para importación.

Recomendaciones

Las pruebas rápidas no diagnostican o confirman COVID- 19. Permiten la optimización de recursos ayudando a los profesionales de la salud en la toma de decisiones en cuanto a aislamiento, realización de prueba diagnóstica
confirmatoria, y tratamiento.

Tenga en cuenta lo siguiente frente al uso y adquisición de estas pruebas rápidas:

• Deben estar avaladas por el Invima, ya sea mediante el Registro Sanitario o el Visto Bueno de Importación si ingresaron como “vitales no disponibles” vía VUCE.

• No deben ser usadas como autodiagnóstico.

• Deben ser realizadas por profesionales de la salud idóneos y competentes para la correcta interpretación de resultados de apoyo diagnóstico.

• Deben utilizarse únicamente por Prestadores de Servicios de Salud habilitados por las Secretarías de Salud, para tal efecto.

• No son productos de venta libre. Por lo tanto, no se deben encontrar ni adquirir para uso personal en lugares públicos tales como supermercados, tiendas de barrio, aeropuertos, terminales de transporte, ventas ambulantes,
ventas informales en centros comerciales, Televentas, medios masivos de transporte, entre otros.

• Para el uso de estas pruebas, deben seguirse los “LINEAMIENTOS PARA EL USO DE PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE SARS-CoV-2 (COVID-19) EN COLOMBIA” emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, y demás documentos expedidos por dicha entidad al respecto. Los puede consultar en el siguiente enlace: https: //www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/ Procesos%20y%20procedimientos/GIPS21.pdf

Respecto a este tipo de pruebas, se advierte lo siguiente:

• La información sobre la autorización otorgada por el Invima debe ser verificable y debe corresponder a lo que se autorizó previamente en el respectivo Registro Sanitario y/o Visto Bueno de Importación por VUCE.

• Es responsabilidad del importador, titular de Registro Sanitario y/o del distribuidor, identificar correctamente y conforme al aval que se emitió por el INVIMA, las pruebas comercializadas. El material informativo no debe expresar verdades parciales que induzcan al engaño o error, ni que impute, difame, cause perjuicios o comparación peyorativa para otras marcas, productos, servicios, empresas u organismos.

• En los productos no se podrán utilizar denominaciones excéntricas, exageradas o que conduzcan al engaño o error, o que no se ajusten a la realidad del producto en las condiciones en que ha sido autorizada su importación o comercialización, ni que induzcan a confusión con otra clase de productos.

Redes Sociales:

Se están monitoreando permanentemente las redes sociales “FACEBOOK”, “INSTAGRAM”, “TWITTER”, “PINTEREST”, donde se han encontrado perfiles y cuentas que pub licitan y comercia lizan pruebas rápidas COVID-19, presuntamente incumpliendo la normatividad sanitaria vigente, dado que se han evidenciado textos, fotos y videos informativos y publicitarios referentes a la venta de pruebas rápidas de COVID-19, en diferentes presentaciones, sobre las cuales, se presume que pueden ser adquiridas en Colombia bajo la modalidad de compras por internet, y que pueden provenir de países como Chile, Ecuador y Venezuela, entre otros.

Tráfico Postal:

Por medio de sitios web con la opción de “TIENDAS VIRTUALES”, desde Colombia se pueden realizar compras de Pruebas Rápidas para la Detección del COVID-19 a otros países, sin estar autorizadas por el INVIMA. Se presume que el método
de envió de esas pruebas rápidas es por medio de encomiendas en el servicio de tráfico postal internacional.

Se advierte a la ciudadanía que se encuentra prohibida la adquisición de este tipo de pruebas, para uso personal, por cualquier medio, incluido el tráfico postal. Se están realizando inspecciones a los productos que ingresan al país por esta vía, por lo cual las pruebas que se encuentren en estas diligencias, podrán ser objeto de medidas sanitarias de seguridad (decomiso / destrucción).

Medidas para la comunidad en general

Si cuenta con alguna de estas pruebas rápidas fraudulentas: Por favor, NO las utilice.

Informe de manera inmediata al Invima, por medio de la línea telefónica del Grupo de Reacción Inmediata (Guri) 2948700, ext. 3621 y 3606, o a radicar su denuncia aquí.

Igualmente, informe a entes territoriales de salud, si por cualquier motivo usted tiene conocimiento de lugares donde se distribuyan o comercialicen estos productos, o donde sin estar habilitados por las autoridades de salud, se realicen las mismas a particulares.

Si ha presentado algún evento adverso, asociado al uso de estos productos, repórtelo de manera inmediata a través del sitio web del Invima en https:// farmacoweb.invima.gov.co/ReactivoVigilanciaWeb/

Consulte:

Recuerde que puede consultar el listado de las pruebas rápidas autorizadas por el Invima a través de su página web, en los siguientes enlaces: http:// consultaregistro.invima.gov.co:8082/Consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp
https://www.invima.gov.co/autorizaciones-de-fabricacion-e-importacion-paravitales-no disponibles.

A los establecimientos importadores y distribuidores Absténganse de distribuir, publicitar y comercializar productos fraudulentos, so pena de ser sujeto de la aplicación de medidas sanitarias y del inicio de procesos sancionatorios.