Política

Estatuto Temporal de Protección no da derecho al voto a migrantes venezolanos: Duque

–El Presidente Iván Duque Márquez aclaró que el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos adoptado por el Gobierno Colombiano, no le da derecho al voto a esta población extranjera.

El Jefe de Estado afirmó que el Estatuto de Protección significa “regularización sin derecho al voto”.

En ese contexto, el mandatario agregó que con el Estatuto “le estamos poniendo fin a una práctica fraudulenta que hemos visto”, en la que personas inescrupulosas les cobran dinero a los migrantes a cambio de cédulas fraudulentas, con el ánimo de inducirlos electoralmente de cara a los comicios del 2022.

“Aquí no hay ningún tipo de autorización a los migrantes para participar en las elecciones de cara al año 2022”, reiteró.

En el mismo sentido se pronunció el Gerente de Fronteras, Lucas Gómez, quien recalcó que el Estatuto Temporal de Protección “no da el derecho al voto en ninguna de las manifestaciones electorales que tenemos en el país”.

Agregó que el Estatuto tiene el objetivo de regularizar a las personas, pero “no en otorgar la residencia en las condiciones que tienen las visas actualmente”.

El Gerente de Fronteras hizo un llamado a “tener mucha precaución y prevención en los mensajes que se están publicando en las redes sociales” sobre ese particular.

El presidente Iván Duque igualmente reiteró que el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos solo se podrá aplicar a quienes ingresen al país por un puesto de control fronterizo.

El Jefe de Estado señaló que la medida “deja muy bien definido que el proceso legal del cruce de fronteras es el que marca esta pauta”.

Por su parte, el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa Palacios, advirtió que los venezolanos que pretendan pasar por las denominadas trochas o pasos irregulares no son sujetos de este mecanismo.

“Aquellos que estén fuera del país y quieran hacer parte del mismo deberán ingresar por un puesto de control migratorio. De esta forma, premiamos la formalidad”, puntualizó el funcionario.

De otro lado, Espinosa Palacios estableció que la implementación del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, les permitirá a los ciudadanos que han ingresado al territorio colombiano, hacer su vida con tranquilidad en el territorio nacional.

El funcionario declaró que el Estatuto “es el gesto humanitario más importante del continente desde 1987, es una ventana de oportunidades que permite abrazar a una población que la está pasando mal’.

“Este proceso les va a permitir a los migrantes venezolanos hacer su vida en Colombia, trabajar, desplazarse con tranquilidad dentro del territorio nacional, vincularse al sistema de seguridad social, estudiar y acceder al sistema financiero”, manifestó Espinosa Palacios.

Explicó que ‘este proceso no afectará las tasas de desempleo’ y ‘por el contrario el Estatuto Temporal acabará con esa mala práctica de contratar migrantes por unos pocos pesos, arrebatándoles las oportunidades a los trabajadores nacionales”.

Así mismo, subrayó que “no es llamado para que más migrantes ingresen a Colombia’ y ‘lo que hace es reconocer a una población migrante que ya es una realidad en el país”.

El Director indicó que por instrucciones del Presidente, se trabaja en ‘mecanismos más robustos que nos permitan la integración total de los migrantes venezolanos, a la vida activa del país”.

‘Colombia tiende la mano a más de 2 millones de venezolanos que gracias al Estatuto Temporal de Protección podrán permanecer en nuestro país de manera regular hasta por diez años’, sostuvo.

Y agregó que “el Estatuto Temporal es una medida que permite regularizar esta población. En un término de diez años todos los migrantes venezolanos en Colombia van a tener la oportunidad de pasar al régimen ordinario”.

Precisó que ‘este mecanismo va a cobijar a tres grupos diferentes de venezolanos’, entre ellos los migrantes regulares, que son los titulares de cualquiera de los permisos vigentes, como el Permiso Especial de Permanencia (PEP), que serán absorbidos.

El siguiente grupo corresponde a población irregular de migrantes venezolanos, que actualmente son más de 900 mil. Hizo énfasis en que podrán hacer parte del proceso los que que demuestren que se encontraban en el territorio nacional antes del 31 de enero de 2021.

El tercer grupo incluye a migrantes que se quedaron en Venezuela. ‘El estatuto no es una herramienta para fomentar la irregularidad. Por esto aquellos migrantes que deseen hacer su vida en Colombia tendrán un término de dos años para ingresar de manera regular al país”, agregó.

Espinosa subrayó que ‘los migrantes que a partir del 31 de enero, ingresen por una trocha, no harán parte de este proceso”.

Por último, descartó que el Estatuto tenga relación con procesos electorales y recordó que ‘por disposición legal, ningún extranjero, ni venezolano ni de otra nacionalidad, puede votar para presidente”.

De acuerdo con Migración Colombia, el nuevo Estatuto Temporal de Protección tendría una vigencia de diez años y permitiría, básicamente, el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país, de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario.

Es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a este beneficio podrían estar de manera regular en Colombia por un periodo de diez años, tiempo después del cual deberán adquirir una visa de residente si desean permanecer en el país.