Bogotá Economía

Así se accede a los subsidios de vivienda del Distrito


La Administración Distrital busca hacer de Bogotá el mejor hogar, brindándole la posibilidad a los ciudadanos de cumplir uno de sus sueños, como lo es tener casa propia. La Secretaría del Hábitat a través del sistema financieroen complementariedad con el subsidio de vivienda del gobierno nacional (Mi Casa Ya) y/o en concurrencia con las Cajas de Compensación Familiar, están destinados para que los hogares de menores recursos, puedan adquirir Vivienda de Interés Social (VIS) o de Interés Prioritario (VIP) en Bogotá.

Es importante recordar que todos los trámites y servicios son gratuitos y no necesitan de intermediarios

Aquí te contamos algunas recomendaciones, si quieres acceder a un subsidio de vivienda:

Si cuentas con estos requisitos, puedes acceder:
Contar con ingresos mensuales de hasta 4 SMLMV ($3.634.104).
No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
No haber sido beneficiario de las coberturas de tasa de interés.
Buscar acceder, a través de operaciones de crédito hipotecario o leasing habitacional, a una Vivienda de Interés Prioritario – VIP que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social – VIS que no exceda los 150 SMMLV.
No estar reportado en las centrales de riesgo.
Aplica con estos 5 pasos:
Visita la sala de ventas del proyecto VIS o VIP que te interese.
Separa la vivienda con la constructora del proyecto elegido.
Acércate al banco de tu preferencia.
Solicita un crédito hipotecario, informando que quieres aplicar al Subsidio Distrital de Vivienda complementario al de ‘Mi Casa Ya’.
Informa si cuentas con subsidio de la Caja de Compensación Familiar.
El valor de la vivienda VIS no debe superar los 150 SMMLV ($136.278.900) y el valor de la VIP no debe superar los 90 SMMLV ($81.767.340). Estos valores son calculados con el SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) de 2021.
Si el crédito hipotecario es aprobado, automáticamente se te asignarán los subsidios y, según el valor de la vivienda, tendrás una cobertura especial en la tasa de interés:
5 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda no supere los 90 SMMLV
4 puntos porcentuales = cuando el valor de la vivienda sea superior a 90 SMMLV y de hasta 150