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Así se hará la verificación del alto al fuego con el Eln aprobada por Consejo de Seguridad de la ONU

–Por unanimidad, el Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas, ONU, aprobó la Resolución 2694 que «fortalece la construcción de la paz en Colombia» y autoriza la ampliación del Mandato de la Mision para verificar la implementación del cese al fuego bilateral nacional transitorio, CFBNT, entre el Gobierno nacional y el Eln.

La Mision de la ONU vigilará el cumplimiento de la suspensión de acciones ofensivas tanto del grupo guerrillero como de las Fuerzas Militares que entra en vigor hoy 3 de agosto por un periodo de 180 días.

La nueva tarea de la Misión quedó estipulada en una resolución que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó por unanimidad este miércoles por la tarde y que amplía el mandato con el que ya operaba esa Misión establecida en 2016 luego de la firma de los Acuerdos de Paz.

La ampliación del mandato responde a la petición que hiciera a la ONU el Gobierno de Colombia para que se encargara de verificar los ceses de fuego acordados en el marco de la política de “paz total” del presidente del país, Gustavo Petro.

El texto, presentado por el Reino Unido y discutido desde el mes pasado por los integrantes del Consejo especifica que la Misión “vigilará y verificará la aplicación del alto el fuego esbozado en el Segundo Acuerdo con Cuba entre el Gobierno de Colombia y el Eln” con hasta 68 observadores internacionales adicionales.

Además, expresa la disposición del Consejo de considerar la posibilidad de encomendar a la Misión “que supervise y verifique la aplicación de un acuerdo de cesación del fuego entre el Gobierno de Colombia y el grupo armado autodenominado EMC [Estado Mayor Central] cuando el Secretario General confirme que se ha alcanzado un alto el fuego que incluya protocolos de verificación apropiados”.

El EMC está conformado por disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), signatarias originales de los Acuerdos de Paz con el Gobierno colombiano.

El documento también adopta la propuesta del Secretario General de la ONU de reportar sobre las tareas adicionales de la Misión en los informes trimestrales que ya presenta actualmente. Dichas actualizaciones incluirán, asimismo, la contribución del alto el fuego al mejoramiento de la situación humanitaria en las zonas afectadas por el conflicto.

Los integrantes del Consejo de Seguridad coincidieron en señalar que es un paso más en el camino de Colombia hacia la paz.

El embajador brasileño ante la ONU, Sérgio França Danese, dijo que como país garante, Brasil “apoya integralmente la estrategia del presidente Petro para alcanzar una paz total en Colombia y reconoce la necesidad de los diálogos adicionales que se realizan para expandir los beneficios de la paz en todo el país”

El diplomático brasileño agregó que la Misión de Verificación de la ONU puede tener un papel destacado de apoyo al proceso de diálogo y en los acuerdos de cese al fuego con diferentes grupos armados.

França Danese afirmó que la paz y el desarrollo sostenibles son la “única senda que garantiza el estado de derecho y el bienestar para todos colombianos”.

El Gobierno colombiano y el ELN negociaron durante casi diez meses el alto el fuego bilateral que cobrará vigencia cuatro días antes del primer aniversario al frente del país del presidente Gustavo Petro, quien se comprometió con conseguir la “paz total” en Colombia negociando directamente con los grupos armados.

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El texto integral de la Resolución 2694 de 2/Agosto/2023, aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9391ª sesión, celebrada el 2 de agosto de 2023, es el siguiente:

El Consejo de Seguridad,
-Reafirmando su pleno compromiso con el proceso de paz de la República de Colombia,

-Recordando todas sus resoluciones, declaraciones de la Presidencia y comunicados de prensa relativos al proceso de paz de Colombia,
Recordando en particular su resolución 2655 (2022), en la que prorrogó el mandato de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia hasta el 31 de octubre de 2023,

-Recordando la importancia de continuar implementando el Acuerdo Final de Paz de 2016 previsto en la resolución 2307 (2016), acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Gobierno de Colombia por lograr una paz más amplia a través del diálogo y reconociendo que los acuerdos de cese al fuego son un paso hacia el establecimiento de acuerdos de paz más amplios,

-Tomando nota de la carta del Secretario General de fecha 2 de junio de 2023 (S/2023/406), en la que se transmitió la solicitud del Gobierno de la República de Colombia de que el Consejo considerase la posibilidad de encomendar a la Misión de Verificación la tarea de participar en el monitoreo y la verificación de los acuerdos de cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), de la carta del Secretario General de fecha 19 de junio de 2023, en la que se comunicó el acuerdo de cese al fuego bilateral, nacional y temporal entre el Gobierno de la República de Colombia y el ELN (“Segundo Acuerdo de Cuba”), y de la carta del Secretario General de fecha 19 de julio de 2023 (S/2023/540), por la que se transmitieron los protocolos firmados del acuerdo de cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y el ELN,
Considerando que el cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y el ELN debería contribuir a mejorar la situación humanitaria en las zonas afectadas por el conflicto, y alentando a las partes a que continúen reforzando la protección de los civiles de conformidad con el derecho internacional humanitario, Observando que el Gobierno de Colombia y el grupo armado que se autodenomina Estado Mayor Central (EMC) han iniciado un diálogo para la construcción de la paz y el restablecimiento de un acuerdo de cese al fuego,

Habiendo examinado las recomendaciones y propuestas del Secretario General sobre las opciones para la verificación y el monitoreo del cese al fuego que figuran en su carta de fecha 13 de junio de 2023 (S/2023/438),

1. Decide que, además de las disposiciones del mandato actual de la Misión de Verificación que figuran en la resolución 2655 (2022) y en la resolución 2673 (2023), la Misión de Verificación monitoreará y verificará la implementación del cese al fuego establecido en el Segundo Acuerdo de Cuba entre el Gobierno de Colombia y el ELN y, a tal fin, autoriza un incremento de hasta 68 observadores internacionales adicionales en la dotación actual de la Misión, así como un componente civil adecuado teniendo en cuenta los recursos existentes cuando sea posible;

2. Expresa su disposición a considerar la posibilidad de encomendar a la Misión de Verificación la tarea de monitorear y verificar la implementación de un acuerdo de cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y el grupo armado que se autodenomina EMC cuando el Secretario General confirme que se ha alcanzado un cese al fuego que incluya protocolos de verificación adecuados, y teniendo en cuenta la información actualizada proporcionada por el Secretario General sobre los progresos en la aplicación de la presente resolución;

3. Acoge con beneplácito la propuesta del Secretario General de informar sobre las tareas adicionales establecidas en la presente resolución en el marco del mismo ciclo trimestral de informes ya establecido por la resolución 2655 (2022), así como la propuesta del Secretario General de mantener al Consejo al corriente de la situación sobre el terreno, incluida la contribución del cese al fuego a la mejora de la situación humanitaria en las zonas afectadas por el conflicto, de conformidad con el mandato actual de las Naciones Unidas.