Corte Constitucional convoca sesiones técnicas para avocar garantías de seguridad a firmantes del Acuerdo de Paz
–(Foto Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación, ETCR). La Corte Constitucional convocó dos sesiones técnicas para dialogar sobre las soluciones a los bloqueos institucionales y las prácticas inconstitucionales identificadas en el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida de la política pública de seguridad para los firmantes del Acuerdo de Paz.
Las sesiones serán el 31 de enero y 3 de febrero del 2025 en el Palacio de Justicia en Bogotá.
La Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional en las garantías de seguridad de la población firmante del Acuerdo Final de Paz (Sentencia SU-020 de 2022) consideró que la actual situación exige abrir paso a un escenario público de diálogo, con el fin de afrontar de manera célere la tendencia de victimización contra los excombatientes de las extintas FARC-EP.
Para ello, señaló que es indispensable asegurar la eficacia del Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida respecto de esta población. Se trata de garantizar el cumplimiento de su propósito constitucional: advertir anticipadamente los riesgos de que ocurran violaciones a la vida, integridad, libertad, seguridad personal, libertades civiles y políticas e infracciones al derecho internacional humanitario para que el Estado responda oportuna e integralmente y así evite que tales riesgos se conviertan en daños.
En el Auto 1929 de 2024, la Sala identificó dos bloqueos institucionales y dos prácticas inconstitucionales que han impedido el cumplimiento de esa finalidad constitucional. Por un lado, un bloqueo institucional por “la desarticulación entre las entidades e instancias encargadas del sistema”. De acuerdo con la Sala, este bloqueo está relacionado con una práctica inconstitucional: no materializar, de forma efectiva y suficiente, perspectivas diferenciales poblacionales y territoriales de riesgo para los excombatientes de las extintas FARC-EP en proceso de reincorporación.
Por otro lado, la Sala también encontró un segundo bloqueo institucional por “la asignación difusa de responsabilidades en el sistema”. Es decir, por las dificultades para que el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida esté correctamente conectado con otras autoridades e instrumentos de política pública encargados de prevenir riesgos de violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.
Según la Sala, este último bloqueo, para la población firmante, podría tener relación con la práctica inconstitucional de distribuir inequitativamente las cargas de respuesta sobre las entidades territoriales, sin un acompañamiento diferencial y proporcional del orden nacional.
La Sala espera que estas sesiones permitan: (i) conocer las propuestas para solucionar las fallas estructurales identificadas por la Corte; (ii) generar una conversación abierta, genuina y transparente que permita escuchar y discutir a profundidad las propuestas de todos los actores involucrados, y (iii) fomentar acuerdos entre las entidades y demás actores sobre cómo superar de forma integral, coordinada y efectiva los bloqueos institucionales y las prácticas inconstitucionales diagnosticadas.
Para ello, destinará la primera sesión técnica al componente de alertas tempranas: el Sistema de Alertas Tempranas (SAT), a cargo de la Defensoría del Pueblo, específicamente de la Defensoría Delegada para Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Esa sesión tendrá lugar el 31 de enero de 2025.
La segunda sesión será dedicada al componente de respuesta rápida. Esta será coordinada por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Seguridad, Convivencia Ciudadana y Gobierno -que es la secretaría técnica de la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas (Ciprat)-. Esta sesión será el 3 de febrero de 2025.
La Corte convocó a las sesiones técnicas a la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, la Oficina del consejero comisionado de Paz, el Ministerio de Defensa, la Unidad Nacional de Protección, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización y la Procuraduría General de la Nación.
De la sociedad civil, la Sala convocó al Instituto Kroc de Estudios Internacionales de Paz, la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes), la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación (Cinep/PPP-Cerac), el Centro de Pensamiento y Diálogo Político (Cepdipo), el Proyecto del Capitolio al Territorio, la Federación Nacional de Departamentos y la Federación Colombiana de Municipios.
Asimismo, la Sala extendió una invitación especial a la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, el Equipo de Prevención de la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional, el despacho del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, ponente de la Sentencia SU-546 de 2023, la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía General, la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia, la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia (MAPP-OEA) y la Contraloría Delegada para el Posconflicto.
Finalmente, la Sala también estimó indispensable que las delegaciones de firmantes que trabajan en el monitoreo del Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida o que se han pronunciado sobre su implementación participen activamente en la sesión técnica y aporten su conocimiento al respecto.
Auto 1929 de 2024
M.P. Cristina Pardo Schlesinger
Sentencia SU-020 de 2022: La Corte concluyó que hubo una masiva y sistemática vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad, a la vida, a la paz y a la integridad personal de la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Por ello, la Sala Plena protegió los derechos de los accionantes, declaró un estado de cosas inconstitucional debido al bajo nivel de cumplimiento del componente de garantías de seguridad para todos los excombatientes de la extinta guerrilla de las FARC-EP en proceso de reincorporación y dictó órdenes para superarlo.


