–Tras el mensaje de urgencia enviado por el Gobierno Nacional y superarse el obstáculo de las recusaciones, el proyecto de Reforma a la Salud avanzó este miércoles en la plenaria de la Cámara de Representantes con la aprobación de 54 de los 62 artículos que contiene.
En la Cámara de Representantes se debatió la gestión de los recursos del sistema de salud, resaltando el papel de la
Adres en su administración y control.
El representante Andrés Forero destacó que «el gobierno no argumentó, pero mágicamente consiguió los votos y que «la “persuasión” de Benedetti rindió frutos. Tenemos la conciencia tranquila. Ahora hay que esperar que la VII de Senado sea coherente.
La aprobación de la reforma a la salud en @CamaraColombia es inminente.
El gobierno no argumentó, pero mágicamente consiguió los votos:
la “persuasión” de Benedetti rindió frutos.Tenemos la conciencia tranquila. Ahora hay que esperar que la VII de Senado sea coherente. pic.twitter.com/yZ3pBOSZ8u
— Andrés Forero CD #1??0??1?? (@AForeroM) March 6, 2025
Entre los más importantes artículos fueron aprobados figuran los siguientes:
– Artículo 9. Define las funciones de la ADRES y la consolida como pagador único del sistema de salud. Esta entidad será responsable de garantizar el adecuado recaudo, administración, flujo y control de los recursos públicos destinados a la salud, asegurando su uso eficiente y transparente.
Su labor será garantizar que los recursos destinados a la salud lleguen de manera eficiente a hospitales, clínicas y centros de atención primaria en salud, asegurando que todos los habitantes del país reciban la atención médica que necesitan. Además, hará públicas todas las transacciones que realice y desarrollará un modelo de seguimiento del gasto para conocer en detalle en qué se usará el dinero de la salud.
– Artículo 10. Define los recursos que administrará la Adres para garantizar el financiamiento del sistema de salud y que todas las personas cuenten con el derecho a una salud con dignidad en cualquier parte del territorio nacional, se aseguran los recursos.
Esos recursos provendrán de los aportes de trabajadores y empleadores, del Presupuesto General de la Nación y recursos territoriales, de las contribuciones de las cajas de compensación familiar, entre otros.
– Artículo 11. Nuevas fuentes de financiación: A partir de 2026, el Gobierno Nacional, destinará lo recaudado por impuestos saludables al sistema de salud. Esto se traduce en más inversión en hospitales, medicamentos y atención médica de calidad para todos.
Los impuestos saludables recaudados por el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda, permitirán más inversión en hospitales, medicamentos y atención médica de calidad para todos, garantizando un sistema más eficiente, sostenible y una Salud con Dignidad.
– Artículo 12. Destinación de los recursos administrador por la ADRES: Los recursos administrados por la Adres se destinarán para asegurar la atención en salud, desde la prevención hasta los tratamientos especializados.
Igualmente, garantizarán el transporte médico en zonas rurales y dispersas, el fortalecimiento de hospitales públicos, laboratorios y la red de urgencias. Además, se apoyará a madres y padres con licencias de maternidad y paternidad, y se asegurará la atención de víctimas de accidentes de tránsito y emergencias.
– Artículo 13. Fondo Único Público de Salud: Será administrado por la ADRES, con el objetivo de centralizar y optimizar el uso de los recursos, garantizando un manejo eficiente de los mismos con el fin de que más personas accedan a servicios de salud de calidad, sin demoras, ni barreras.
Este contará con tres cuentas: atención primaria en salud, red hospitalaria y cuenta general.
En bloque se aprobaron los siguientes artículos de la Reforma fundamentales para el manejo eficiente de los recursos y el fortalecimiento del sistema de salud:
– Artículo 14. Traslado presupuestal entre las cuentas del Fondo Único Público de salud
– Artículo 15. Cuenta de atención primaria en salud
– Artículo 16. Cuenta de fortalecimiento de la red pública hospitalaria
– Artículo 17. Cuenta general para el manejo y destinaciones de los demás recursos del fondo único público de salud
– Artículo 18. UPC en el aseguramiento social en salud y su asignación
– Artículo 19. Gestión de pago por la prestación de servicios de salud
– Artículo 20. Autorización de pago de servicios.
A las 11 y 55 de la noche se levant la sesión y se citó para este jueves 6 de marzo a las 8:00 a.m. para continuar con la discusión y aprobación de los artículos pendientes de la Reforma a la Salud.
