Corte Constitucional urge respuesta del Gobierno Nacional y las entidades territoriales a la emergencia humanitaria del Catatumbo
–La Corte Constitucional urgió a las autoridades nacionales y regionales la adopción de medidas inmediatas y adaptables para proteger integralmente a las personas desplazadas y firmantes del Acuerdo de Paz ante la crisis humanitaria en la región del Catatumbo, en el departamento de Norte de Santander.
El alto tribunal advirtió que durante las primeras semanas de enero de 2025, la crítica situación humanitaria y de seguridad en el Catatumbo generó alertas por parte de autoridades, medios de comunicación, firmantes del Acuerdo de Paz y otras organizaciones civiles y añadió que los datos oficiales revelan un panorama alarmante: alrededor de 52.229 personas desplazadas forzosamente y 21.193 confinadas. Por su parte, 153 firmantes del Acuerdo han sido desplazados, 35 confinados, 10 desaparecidos y siete asesinados.
Ante la gravedad de estos acontecimientos, mediante el Auto 244 de 2025, las Salas Especiales de Seguimiento a las sentencias T-025 de 2004 y SU-020 de 2022 de la Corte Constitucional solicitaron información y pruebas sobre las medidas adoptadas por el Gobierno nacional, las entidades territoriales y otras autoridades para proteger a las personas desplazadas y a los firmantes del Acuerdo de Paz.
La Corte reiteró su preocupación por los confinamientos. Ante el alarmante aumento de esta problemática en la última década, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 ordenó al Gobierno Nacional, mediante el Auto 811 de 2021, la creación de una ruta integral de atención para las víctimas de confinamientos. En el contexto de la crisis actual, la Corte exige información inmediata sobre el estado de dicha ruta, incluyendo su diseño, marco jurídico y grado de implementación.
El Auto 244 de 2025 también preguntó, entre otros temas, por las medidas adoptadas para agilizar la toma de declaraciones y el registro de las víctimas de desplazamientos forzados y confinamientos en el Catatumbo, así como para fortalecer la coordinación interinstitucional y promover soluciones duraderas, eficaces y oportunas.
Asimismo, la Corte expresó su especial preocupación ante la persistencia de actos de violencia contra la población firmante del Acuerdo de Paz. A pesar de advertencias y órdenes dictadas por la Sala de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 para asegurar la atención integral de la población firmante del Acuerdo y evitar nuevos ataques, la grave situación continúa.
Concretamente, a través del Auto 1273 de 2024, esta Sala insistió en la urgencia de adoptar medidas integrales de seguridad para los Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (AETCR) y los demás espacios colectivos de reincorporación, como el AETCR Caño Indio, ubicado en Tibú, Norte de Santander.
En dicho auto, la Sala le ordenó al Gobierno nacional y a otras entidades nacionales y territoriales atender, desde una perspectiva de seguridad humana, los riesgos de desplazamiento forzado y otros hechos victimizantes en contra de la población firmante de paz, con base en todos los subcomponentes de las garantías de seguridad del Acuerdo de Paz, no solo a partir de las medidas de protección.
Ante la gravedad de la situación humanitaria, la Corte requirió información detallada sobre el estado de cumplimiento de dicho auto en la región del Catatumbo y en otras regiones del país donde la Defensoría del Pueblo ha alertado sobre riesgos de nuevas emergencias humanitarias.
Con estas acciones, al margen del examen de constitucionalidad de la declaratoria de conmoción interior y su desarrollo, la Corte Constitucional reafirma su compromiso con la protección de los derechos de las personas desplazadas por la violencia y firmantes del Acuerdo de Paz, y subraya la urgencia de una acción gubernamental integral, rápida y eficaz ante crisis humanitarias recurrentes como la del Catatumbo.
Los gobiernos nacional y territorial deben prevenir y atender de manera oportuna y articulada estas situaciones que atentan gravemente contra los derechos fundamentales de civiles que le han apostado a la paz.
La actual comunicación se emite desde la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, integrada por la magistrada Natalia Ángel Cabo, quien la preside, la magistrada Diana Fajardo Rivera y el magistrado Juan Carlos Cortés González.
Asimismo, por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022, integrada por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, quien la preside y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Miguel Polo Rosero.

