Petro firmó decreto que convoca la Consulta Popular, pero condiciona su derogatoria
–El presidente Gustavo Petro anunció a través de su cuenta en X que ya firmó el decreto que convoca la consulta popular y, además, que lo envió a la Corte Constitucional para que establezca si se ajusta o no a la Carta Política.
El jefe del Estado advierte que «este decreto solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes».
Y concluye notificando: «Enviamos el decreto de la Consulta Popular a la Corte Constitucional».
He firmado el decreto que convoca a la consulta popular.
Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes.…
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 11, 2025
#Atención l Presidente @petrogustavo firmó decreto que convoca a los colombianos a la Consulta Popular para resarcir los derechos laborales. https://t.co/lGFt66lA9y
— Presidencia Colombia ?? (@infopresidencia) June 11, 2025
Previamente, en un trino que escribió la víspera, el presidente Gustavo Petro advirtió que el decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato, se trata del artículo 33c de la ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia. En ambas opciones el decreto es presidencial».
Las precisiones las hizo a propósito de un comentario del exministro Alfonso Gómez Méndez, quien advirtió a los ministros del gabinete del jefe del Estado que firmen el ‘decretazo’ que deberán «responder penalmente porque sería un claro caso de prevaricato y de abuso de la función pública».
El primer mandatario añadió que el juez al establecer por fallo la violación del debido proceso legislativo y ordenar, sin que haya sido acatado, la apelación de la senadora María José Pizarro, determinó que no se finiquitó el voto por el concepto previo, ni desfavorable ni favorable. No se perfeccionó la votación».
Además puntualizó: «Estoy facultado legalmente para la segunda opción porque ¿Qué pasa si en el mes después de presentada la consulta, dia que ya pasó, el senado no toma concepto. Lo que dice la ley 1757 art33c, es que tambien hay decreto presidencial y se pone en él, la fecha de la consulta popular».
«Ahora bien – prosigue- a pesar que estaba dispuesto a congelar la consulta popular, si el senado aprobara la reforma laboral con los criterios concertados, incluso con los gremios, en la cámara; el presidente del senado decidió cerrar el congreso y perder todo el martes, para que el presidente solo tuviera el dia de mañana para usar la ley 1757».
Concluye señalando que «usaron el triste atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay para excluir al pueblo no solo de la consulta popular, sino de la reforma laboral».
Igualmente, en escrito separado, el primer mandatario advirtió:
Este es nuestro fundamento legal sobre la consulta. pic.twitter.com/zjk8zZVro4
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 11, 2025
De acuerdo con la decisión del presidente Gustavo Petro, se excluyeron de la Consulta Popular las preguntas relacionadas con Salud y quedaron 12, todas relacionadas con la Reforma Laboral, que los colombianos marcarán con un Si o un NO.
Ellas son:
1. ¿Está de acuerdo con que la jornada de trabajo dure máximo 8 horas y la jornada diurna sea entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m.?
2. ¿Está de acuerdo con que se pague un recargo del 100% por el trabajo los días de descanso dominical o festivo?
3. ¿Está de acuerdo con que las micro, pequeñas y medianas empresas productivas, preferentemente asociativas, reciban tasas de interés en materia de crédito e incentivos para sus proyectos productivos?
4. ¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender citas médicas y licencias por periodos menstruales incapacitantes?
5. ¿Está de acuerdo en que las empresas deban contratar laboralmente al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores?
6. ¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato de aprendizaje de carácter laboral?
7. ¿Está de acuerdo con que las personas trabajadoras en plataformas de reparto y transporte acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
8. ¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
9. ¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales?
10. ¿Está de acuerdo con que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, y demás trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
11.¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido como regla general?
12. ¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de un bono pensional para los campesinos y campesinas?

