Judicial Nacional

María Fernanda Cabal radicó en la Fiscalía denuncia contra los 19 ministros y altos funcionarios que firmaron el «decretazo» de la consulta popular

–La senadora y precandidata presidencial María Fernanda Cabal informó que radicó este jueves en la Fiscalía General de la Nación una denuncia por prevaricato por acción, contra los 19 ministros y altos funcionarios que suscribieron el inconstitucional Decreto 0639 de 2025, mediante el cual se convoca una consulta popular «sin el requisito esencial del concepto favorable del Senado».

La congresista de la oposición recordó que el auto del Consejo de Estado, del 18 de junio de 2025, que suspendió provisionalmente los efectos jurídicos del decreto, confirmó lo que ella había advertido desde el principio: «el presidente Petro violó abiertamente la Constitución, al desconocer la separación de poderes y proceder sin la autorización del Senado, exigida por los artículos 104 de la Constitución, 50 de la Ley 134 de 1994 y 31 de la Ley 1757 de 2015».

Añadió que esta actuación presidencial no solo es ilegal, sino un atentado contra el equilibrio institucional y el Estado de Derecho, por lo que sentenció: «Quienes participaron en esta irregularidad deben responder por sus actos ante la justicia».

Los ministros contra los cuales instauró su denuncia la congresista, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de prevaricato por acción, tipificado en el artículo 413 del Código Penal colombiano, son:

De la Igualdad y Equidad, Carlos Alfonso Rosero; del Interior, Armando Benedetti Villaneda; de Relaciones Exteriores, en cabeza de la Canciller (e) Rosa Yolanda Villavicencio Mapy; de Hacienda, Germán Ávila Plazas; de Agricultura y Desarrollo Rural, Martha Viviana Carvajalino Villegas; de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez; del Trabajo, Antonio Sanguino Páez; de Minas (e) José Luciano Sanín Vásquez; de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas; de Ambiente (e) Christian David Díaz Bulla; de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Julián Molina Gómez; de Vivienda, Ciudad y Territorio, Helga María Rivas Ardila; de Transporte, María Fernanda Rojas Mantilla; de las Culturas, las Artes y los Saberes, Yannai Kadamani Fonrodona; de Educación Nacional, José Daniel Rojas Medellín; de Ciencia, Tecnología e Innovación, Ángela Yesenia Olaya Requenel; de Minas y Energía, (e) José Luciano Sanín Vásquez; del Deporte, Patricia Duque Cruz; de Defensa Nacional, Pedro Arnulfo Sánchez Suárez.

En la denuncia, la senadora Cabal destaca que el artículo 104 de la Constitución Política de Colombia y el artículo
32 de la Ley 1757 de 2015, establecen expresamente que para convocar a una consulta popular se requiere concepto previo de la corporación pública correspondiente, en este caso el Senado de la República.

Recuerda que el 14 de mayo de 2025, se surtió en la Plenaria del Senado de la República, la decisión de no dar concepto favorable a la Consulta Popular presentada por el Gobierno Nacional, surtiendo el trámite constitucional y legal correspondiente.

En este caso no existió concepto previo y favorable del Senado de la República, corno exige la norma. Por tanto, el acto administrativo mediante el cual se convoca a la consulta popular desconoce flagrantemente el mandato constitucional del artículo 104.

En consecuencia, puntualiza, los ministros, al firmar y refrendar dicho decreto, han incurrido presuntamente en el delito de prevaricato por acción, al emitir y respaldar una resolución manifiestamente contraria a la Constitución, con
Pleno conocimiento de su ilegalidad.

Destaca además que por el delito por Prevaricato por acción se hace acreedor a una pena de prisión de cuarenta y ocho a ciento cuarenta y cuatro meses.