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Radican en el Congreso proyecto que pretende imponer en Colombia que los menores que cometan delitos graves sean judicializados y castigados como adultos

–“El que actúa como adulto debe ser tratado como adulto», es la premisa del proyecto de ley radicado en el Congreso de la República que busca penalizar como adultos a los menores entre 14 y 18 años que cometan delitos atroces como homicidios, secuestros, extorsiones, delitos sexuales, terrorismo, entre otros.

La iniciativa fue presentada por los representantes a la Cámara Oscar Villamizar, Piedad Correal, José Octavio Cardona, Miguel Polo Polo, Carolina Arbeláez y Luz Ayda Pastrana.

El proyecto busca modificar el Artículo 139 de Ley 1098 de 2006 relativo al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y castigar a los menores de manera acorde con los delitos en que incurran, en vista de que ahora los menores son utilizados o instrumentalizados para cometer graves crímenes, caso concreto el del atentado contra el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay.

La iniciativa prevé que la privación de la libertad en centro de atención especializada se aplique a los adolescentes “mayores de dieciséis (16) y menores de dieciocho años (18) que sean hallados responsables de la comisión de delitos cuya pena mínima establecida en el Código Penal sea o exceda de seis años de prisión.

Según el congresista Oscar Villamizar, “en estos casos, debido a la gravedad en la afectación de los bienes jurídicos protegidos y el enorme impacto social de estos tipos penales, el menor de edad será juzgado integralmente conforme al régimen de responsabilidad penal aplicable para los adultos, y las penas, con sus circunstancias de agravación y atenuación punitivas, el juez de conocimiento, el trámite y garantías procesales contemplados para estos delitos en las Leyes 599 de 2000 y 906 de 2004”.

Villamizar aclaró que «no se trata de ir en contra de la niñez, se trata de no permitir que el delito se escude en la edad. La impunidad no puede seguir siendo el premio para quien comete crímenes atroces con plena conciencia de sus actos. Justicia no es venganza, justicia es responsabilidad», punualizó.

Se exceptúan “aquellos casos donde la ley disponga que el menor deberá ser juzgado de conformidad con el régimen penal establecido en las Leyes 599 de 2000 y 906 de 2004, tanto en penas aplicables, como en materia de juez competente a efectos del juzgamiento y el trámite procesal, garantías y beneficios penales».