Consejo de Estado suspende provisionalmente decreto de Minsalud que cambió el modelo de salud
–La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado suspendió temporalmente el decreto 0858 del 30 de julio de 2025 por medio del cual el Gobierno Nacional modificó unilateralmente la estructura del sistema de salud, al considerar que tal decreto representaría una vulneración y usurpación de las funciones legislativas del Congreso de la República.
La medida la adoptó al fallar una demanda instaurada por el congresista de Centro Democrático Andrés Eduardo Forero Molina exigiendo la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, bajo el argumento de que el citado decreto violaba varios artículos de la Constitución y que el gobierno se extralimitó al regular elementos estructurales del Sistema de Seguridad Social en Salud, lo cual es competencia exclusiva del Congreso de la República.
Concretamente, la ponente del fallo, la magistrada Nubia Margoth Peña, argumentó que el Ejecutivo no puede regular integralmente el modelo de seguridad social en salud sin una ley estatutaria.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado consideró que existía un riesgo inminente de que la aplicación del decreto ppodía causar un «perjuicio irremediable» a la prestación del servicio de salud y a la estructura actual del sistema. Por esta razón, decretó la medida cautelar, congelando los efectos del decreto hasta que se resuelva de fondo la demanda.
En julio de 2025, el Gobierno expidió el Decreto 0858 de 2025, con el objetivo de transformar el sistema de salud del país. Este decreto pretendía sustituir parte del Decreto 780 de 2016 y crear un nuevo modelo de salud denominado «Preventivo, Predictivo y Resolutivo». La idea principal era que el sistema de salud dejara de centrarse solo en atender enfermedades y se enfocara más en prevenirlas, anticiparlas y resolverlas desde los territorios, con un papel más fuerte del Estado y menor participación de las EPS (Entidades Promotoras de Salud).
Sin embargo, el Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo de Colombia, decidió suspender provisionalmente los efectos de este decreto. Esto significa que, por ahora, el nuevo modelo de salud no se puede aplicar hasta que el alto tribunal determine si la norma es legal 0 no. En consecuencia, Colombia continúa funcionando con el sistema de salud tradicional, basado en la Ley 1 00 de 1993 y el Decreto 780 de 2016, lo cual implica que las EPS, los hospitales públicos y privados, y los regímenes contributivo y subsidiado siguen operando de la misma manera que antes del decreto.
Aunque traten de intimidarnos seguiremos defendiendo la salud de los colombianos.
Hoy el @consejodeestado suspendió la reforma a la salud que el gobierno trató de implementar de facto y le dejó claro a @petrogustavo y @GA_Jaramillo que no pueden legislar a punta de decretos. pic.twitter.com/TR3r9MZQGZ
— Andrés Forero CD #1??0??1?? (@AForeroM) October 24, 2025

