Corte Constitucional convoca audiencia para buscar una respuesta estatal integral a la prolongada crisis humanitaria en el Catatumbo que deja más de 73 mil personas desplazadas
–Las Salas Especiales de Seguimiento convocaron una audiencia pública el próximo 11 de noviembre en el Palacio de Justicia, en Bogotá, para buscar una respuesta estatal integral frente a la prologada crisis humanitaria que enfrenta la región del Catatumbo. La decisión se adoptó tras identificar graves inconsistencias en las acciones adoptadas por las entidades y autoridades nacionales y territoriales.
De acuerdo con las cifras oficiales, la crisis humanitaria ha dejado más de 73.000 personas desplazadas, entre ellas 218 firmantes del Acuerdo Final de Paz, y 2.400 confinadas, de las cuales 183 también hacen parte de ese colectivo. Las entidades reportan, además, la desaparición de 6 firmantes y el homicidio de otros 7. Estos ataques contra la población civil, perpetrados en medio de los enfrentamientos entre el ELN y el Frente 33 de las disidencias de las extintas FARC-EP, junto con la débil capacidad de respuesta institucional, llevaron al Gobierno a declarar el estado de conmoción interior.
Ante este panorama, las Salas Especiales de Seguimiento a las sentencias T-025 de 2004 y SU-020 de 2022 asumieron un papel activo de monitoreo en el marco de sus competencias. En junio, hicieron una visita territorial al Catatumbo y recopilaron información de distintas entidades para elaborar un diagnóstico sobre la respuesta institucional a la crisis.
Este diagnóstico identificó falencias en varios frentes. Las salas advirtieron la ausencia de un plan de reacción inmediata frente a las múltiples alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo, lo que evidencia la falta de acompañamiento suficiente, diferencial y proporcional a la magnitud de los riesgos que han enfrentado las comunidades.
En la fase de atención inmediata a las víctimas, las respuestas institucionales han sido limitadas, fragmentadas y carentes de liderazgo, especialmente por parte de la Unidad para las Víctimas. Aunque las entidades entregaron ayudas y dispusieron de albergues, la falta de coordinación y las condiciones de inseguridad han impedido avanzar hacia la estabilización. El fuerte control que tienen los grupos armados en la región ha prolongado el confinamiento de comunidades de distintos municipios. A la fecha, la magnitud y número real de víctimas de confinamientos no ha podido ser determinado.
Finalmente, en la fase de estabilización, las salas identificaron la ausencia de garantías para los retornos y reubicaciones, así como débiles estrategias para promover la sostenibilidad socioeconómica de las familias desplazadas. La situación es particularmente crítica para los firmantes del Acuerdo de Paz, cuyo desplazamiento forzado ha obstaculizado su proceso de reincorporación socioeconómica y comunitaria. Esto también ha truncado sus proyectos productivos. Además, en los predios en los que van a ser reubicados persisten carencias en materia de seguridad, vivienda digna y acceso a servicios públicos básicos, entre otros.
El Pacto Catatumbo ha sido destacado por el Gobierno nacional como un instrumento clave para contrarrestar los efectos de la crisis, lo que ha generado gran expectativa entre las autoridades territoriales. Sin embargo, las salas observan que su implementación aún no ha iniciado, lo que genera incertidumbre sobre su efectividad y riesgo de que permanezca en el papel.
Para las Salas, estos hallazgos ilustran no solo la fragilidad de la respuesta a la crisis que enfrenta la región del Catatumbo, sino también un patrón de fallas que podría repetirse en otras zonas del país con emergencias humanitarias recurrentes: ausencia de prevención real, reacción insuficiente y falta de rutas claras y articuladas para la estabilización. Mientras la política pública se reduzca a contener la emergencia y no a superarla, los estados de cosas inconstitucionales declarados en las sentencias T025 de 2004 y SU-020 de 2022 seguirán reproduciéndose en la vida de los colombianos.
La audiencia convocada por las Salas Especiales de Seguimiento se desarrollará en dos bloques y contará con la participación de representantes de las víctimas, firmantes del Acuerdo de Paz, del Pueblo Barí, organizaciones de la sociedad civil, las autoridades nacionales y territoriales, así como de organismos multilaterales.
Auto 1666 de 2025
M.P. Natalia Ángel Cabo
M.P. Héctor Carvajal Londoño
Glosario jurídico
SU-020 de 2022: la Corte evidenció que la baja implementación de la política de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz había generado la masiva vulneración de sus derechos fundamentales, por cual, además de restablecer los derechos vulnerados en los casos concretos, dictó una serie de órdenes estructurales encaminadas a asegurar la implementación integral y efectiva del componente de garantías de seguridad del Acuerdo de Paz.
T-025 de 2004: la Corte Constitucional reconoció que la población desplazada por el conflicto armado sufría violaciones masivas y sistemáticas de sus derechos. Esto se debía a problemas estructurales en la política pública de atención, como la insuficiencia de recursos y la limitada capacidad institucional para su implementación. En consecuencia, emitió órdenes estructurales para garantizar la protección efectiva de sus derechos.
