Presidente de la Espriella firmó decreto que declara la Emergencia Económica: «Facultades no serán un cheque en blanco»
–En el marco del Consejo de Ministros realizado este miércoles en el Palacio de San Carlos, el presidente Abelardo De La Espriella firmó el decreto «Por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave
calamidad pública en parte del territorio nacional», una decisión que, resaltó, permitirá al gobierno movilizar los recursos y capacidades necesarios para atender la tragedia causada por el terremoto y acelerar la recuperación de las zonas afectadas.
Tras anunciar la firma del decreto, el presidente Abelardo de la Espriella advirtió que las facultades «no serán un cheque en blanco», que «cada peso será para responder por las responsabilidades derivadas de esta emergencia” y no habrá corrupción.
El mandatario subrayó que «Colombia enfrenta uno de los momentos más difíciles de su historia reciente, y estamos respondiendo con decisiones, presencia en el territorio y soluciones de fondo».
Añadió que «la magnitud de esta tragedia nos exige actuar en varios frentes al mismo tiempo: continuar la búsqueda de nuestros desaparecidos, atender a los heridos y damnificados, recuperar la infraestructura esencial y preparar desde ya la reconstrucción de las regiones afectadas».
Y puntualizó: «Hoy avanzamos con medidas concretas. El sector asegurador asumió el compromiso de agilizar la atención de los reclamos y el pago de las pólizas, dando prioridad a los hogares de los estratos 1, 2 y 3 y a las viviendas de interés social. Y quienes no cuentan con un seguro también tendrán el acompañamiento del Estado. Aquí nadie puede quedarse atrás.
Además, indicó, formalizamos la Emergencia Económica para contar con las herramientas que nos permitan generar el espacio fiscal que requiere esta tragedia, priorizar los recursos públicos y garantizar la atención de las víctimas y la reconstrucción. Cada peso destinado a esta emergencia será administrado con responsabilidad, transparencia y rigor.
«Y mientras tomamos estas decisiones, seguimos donde tenemos que estar: en el territorio. La instrucción a todo el Gobierno es clara: menos escritorio y más territorio. Escuchar a las comunidades, verificar los daños y garantizar que las soluciones lleguen realmente a quienes las necesitan.
Además señaló: Ahora tenemos por delante una tarea enorme: reconstruir viviendas, comercios, escuelas, hospitales, vías y comunidades enteras. Lo haremos unidos, con el sector privado, las autoridades territoriales, los organismos de socorro, la cooperación internacional y, sobre todo, con la fuerza y solidaridad de millones de colombianos. No vamos a descansar hasta recuperar lo que esta tragedia nos arrebató. Colombia se va a levantar».
“La reconstrucción de nuestro país la vamos a hacer todos juntos: el Gobierno Nacional, las autoridades territoriales, el sector privado, el sector comunitario, los empresarios, el sector asegurador y, por supuesto, todos los colombianos, porque a Colombia la reconstruimos entre todos», dijo.
Subrayó que “no se trata solamente de reconstruir viviendas», sino también de “recuperar comercios, empresas y la infraestructura pública esencial que se ha visto afectada, como, por ejemplo, escuelas, hospitales y todas aquellas obras indispensables para la vida cotidiana de nuestras comunidades».
De acuerdo con el Jefe de Estado, uno de los pilares de esta estrategia será la reconstrucción de las más de 30 mil viviendas destruidas, así como la recuperación de los hogares que sufrieron daños parciales.
Según explicó, el objetivo es que las familias afectadas puedan volver a contar con condiciones dignas de habitabilidad en el menor tiempo posible, apoyadas por subsidios, recursos públicos y mecanismos de aseguramiento que permitan agilizar la reposición de inmuebles.
Señaló, además, que las ayudas económicas priorizarán a los hogares más vulnerables, especialmente a los de los estratos 1, 2 y 3, y a los proyectos de vivienda de interés social.
Asimismo, dijo que ningún colombiano quedará desamparado durante el proceso de reconstrucción y pidió a la ciudadanía no dejarse confundir por información falsa sobre los plazos para acceder a indemnizaciones, al recordar que los reclamos ante las aseguradoras podrán presentarse dentro de los tiempos establecidos por la ley.
En este sentido, destacó el trabajo articulado con el sector asegurador del país.
“Las compañías aseguradoras aquí presentes nos han manifestado su disposición para hacer lo que corresponde. De hecho, lo están haciendo desde el día uno. Están pagando pólizas desde el momento mismo de la tragedia».
Reiteró que este trabajo se está haciendo de manera rápida y eficaz, para responder frente a las pólizas de los inmuebles asegurados».
“Vamos a cruzar la información que tienen las aseguradoras y el Gobierno, para que el proceso de pago de esas pólizas sea lo más rápido posible, y el envío de los subsidios a las personas afectadas también tenga una vía clara, por cuenta de la información que nos van a entregar las aseguradoras», sostuvo.
Colombia enfrenta uno de los momentos más difíciles de su historia reciente, y estamos respondiendo con decisiones, presencia en el territorio y soluciones de fondo.
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— Abelardo De La Espriella (@ABDELAESPRIELLA) August 20, 2026
La Emergencia Económica se declara en los departamentos den Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre, por término de treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos”, según el texto suscrito también por todos los ministros del gabinete.
En los considerandos del decreto se justifica la declaratoria a la insuficiencia de los medios ordinarios para atender la emergencia, más de 130.000 viviendas averiadas, más de 300 centros de salud, así como más de 30.000 viviendas destruidas—, circunstancias que superan los registros de la catástrofe ocurrida en 1999.
Advierte que la destrucción o inhabilitación de viviendas, establecimientos de comercio, edificaciones públicas, vías, puentes, redes de servicios públicos, centros de salud, instituciones educativas y demás infraestructura indispensable para la vida en sociedad ha generado la interrupción o restricción de actividades económicas, sociales e institucionales, con especial impacto sobre hogares en condición de vulnerabilidad, población infantil, personas mayores, personas en situación de discapacidad, comunidades rurales y habitantes que dependen de actividades informales, agropecuarias, comerciales o de servicios para su subsistencia.
Además subraya que la magnitud de la calamidad pública exige el despliegue de una respuesta humanitaria urgente (instalación de albergues temporales, comedores comunitarios, centros de acopio y hospitales de campaña) que supera la capacidad de las entidades territoriales y de la Nación para disponer, de forma inmediata, de bienes inmuebles (urbanos y rurales) y activos logísticos en las zonas afectadas o adyacentes a ellas, lo cual constituye un problema de necesidad de infraestructura actual para garantizar la prestación de los servicios de salud y educación, así como la vivienda digna.
Igualmente advierte que se han identificado, de manera preliminar, situaciones que requieren de la gestión de distintos actores del Sistema Nacional Ambiental — SINA, tales como el manejo de residuos de construcción y demolición generados por el colapso y la afectación estructural de edificaciones; la generación de residuos peligrosos y de manejo diferenciado, incluidos residuos infecciosos provenientes de la afectación causada por el terremoto.
Reseña que si bien el Gobierno nacional ha hecho uso de las atribuciones ordinarias a su alcance, tales como la declaratoria de situación de desastre nacional mediante el Decreto 1171 de 2026 y la activación de los protocolos de respuesta humanitaria del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), la naturaleza súbita, irresistible e imprevisible del terremoto del 10 de agosto de 2026 restringe de manera sustancial la idoneidad y el alcance de dicho catálogo de medidas ordinarias por cuanto, tal como lo ha decantado la Corte Constitucional al examinar desastres naturales de irrupción intempestiva (Sentencias C-216 de 1999 y C-386 de 2017), las calamidades públicas causadas por eventos naturales súbitos e imprevisibles generan una destrucción física e institucional inmediata que desborda en el acto los instrumentos de la normalidad, exigiendo una respuesta estatal urgente e integral que no puede someterse a los tiempos de los mecanismos ordinarias. Por consiguiente, el presente escenario se diferencia sustancialmente de aquellos eventos en los que se analiza la agudización de crisis estructurales o de lenta evolución, frente a los cuales la jurisprudencia constitucional (Sentencia C-383 de 2023) impone una carga argumentativa reforzada sobre la necesidad de agotar previamente proyectos de ley con mensaje de urgencia o planes de adaptación de largo plazo.
Por todo ello, con base en la Emergencia Económica, el Gobierno emitirá decretos con fuerza de ley dirigidos a la obtención de recursos para atender la emergencia a través de la creación de nuevos impuestos o la modificación de los existentes.
El decreto establece que el ámbito territorial en el cual rige la Emergencia Económica «comprende tanto los municipios a que se refiere el Reporte Situacional No. 36 de la sala de crisis de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres —UNGRD— (con corte preliminar a las 12:30 del 19 de agosto de 2026), que registraron afectaciones por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026, como los demás municipios respecto de los cuales pueda demostrarse, de manera precisa, una afectación concreta derivada del fenómeno que originó la declaratoria del estado de excepción».
Igualmente indica que el Gobierno nacional ejercerá las facultades a las que se refieren el artículo 215 de la Constitución Política, la Ley 137 de 1994 y el articulo I de este decreto y subraya que adoptará mediante decretos legislativos las medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, y dispondrá las operaciones presupuestales y de crédito público necesarias para llevarlas a cabo.
Añade que el Gobierno nacional a través del Ministerio del Interior, rendirá al Congreso de la República el informe motivado sobre las causas que determinaron la presente declaratoria y las medidas adoptadas, en los términos del artículo 215 de la Constitución Política.
El decreto se remitirá a la Corte Constitucional y se comunicará su adopción al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas y al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos.
