Judicial Nacional

Juzgado frena temporalmente plan piloto de fumigación aérea de cultivos ilícitos en el Putumayo

–El Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís, Putumayo admitió una acción de tutela instaurada por la Fundación denominada «Tiempo de Cambios para la Transformación Social», y suspendió temporalmente el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio, cuya ejecución esta en manos de la Policía Nacional de acuerdo con la orden del presidente Abelardo de la Espriella.

Según el juzgado, la suspensión de la operación irá «hasta tanto se recaude la información requerida y se adopte la decisión de fondo dentro de la presente acción constitucional», esto es, hasta que se cumplan requisitos estrictos sobre salud y medio ambiente.

En Facebook e Instagram, la citada fundación señala: «Comunicado, hemos ganado la medida provisional y se cancela la aspersión y el plan piloto en el departamento del Putumayo».

Aunque advierte que no se opone a la erradicación de los cultivos ilícitos, ni a la lucha contra antinarcóticos, la Fundación señala que promovió la acción de tutela para proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, salud, agua, ambiente sano, participación ciudadana y protección de la biodiversidad para lo cual exige que esa política se ejecute dentro de los límites constitucionales y ambientales.

Y para confirmar la noticia publica el texto integral de la decisión judicial:

Acción de Tutela Radicado No. 2026-00189
Accionante: Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social
Accionado: Presidencia de la República y otros
Concede medida provisional

En mérito de lo expuesto, se

RESUELVE

1°) Decretar como medida provisional de protección, la suspensión temporal de cualquier actividad de aspersión aérea con Glufosinato de Amonio que pretenda ejecutarse dentro del territorio del departamento del Putumayo, en desarrollo de la resolución no. 0007 del 18 de agosto de 2026, expedida por el Consejo Nacional de Estupefacientes, hasta tanto se recaude la información requerida y se adopte la decisión de fondo dentro de la presente acción constitucional.

2°) Advertir a las entidades accionadas y vinculadas que el incumplimiento de la medida provisional, dará lugar a la aplicación de las consecuencias derivadas de los artículos 27 y 52 del decreto 2591 de 1991, respecto del desacato.

3°) Notifíquese esta decisión en los términos de ley.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
GERMÁN ALBERTO MORA MENA
Juez
Firmado Por:
Germán Alberto Mora Mena
Juez
Juzgado De Circuito Promiscuo 003
Puerto Asís – Putumayo

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12

La Fundación Tiempo de Cambios para la Transformación Social fue creada en el año 2022, «en la encantadora ciudad de Puerto Asís, ubicada en el exuberante departamento de Putumayo, Colombia», según señala en su página web. Reseña que surgió como una iniciativa que «cambiaría vidas y dejaría una marca indeleble en la comunidad» y subraya: La Fundación Tiempo de Cambios nació con un propósito claro y una visión audaz: motivar la construcción del tejido social como contribución hacia un mundo más prometedor y futurista».

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