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MinJusticia: Autonomía universitaria no puede convertirse en una barrera que impida al Estado cumplir sus deberes de protección, seguridad y preservación del orden público

–El Ministerio de Justicia respondió este lunes a las reacciones que suscitó el presidente Abelardo de la Espriella sobre el ingreso de la fuerza pública a las universidades para combatir el vandalismo y el terrorismo, recordando que la autonomía universitaria es una garantía constitucional que debe ser protegida, pero no significa que las universidades estén por fuera de la Constitución, de la ley o de las competencias legítimas de las autoridades.

En un comunicado, afirmó que frente a manifestaciones pacíficas deben privilegiarse el diálogo, la mediación y las herramientas institucionales previstas para garantizar el ejercicio de los derechos.

Sin embargo, subrayó, que cuando se presenten hechos concretos de violencia, flagrancia, peligro para la vida o la integridad de las personas, daños graves a bienes o cualquier otra circunstancia expresamente prevista en la ley, las autoridades pueden ejercer las facultades que el ordenamiento jurídico les reconoce.

En estos casos, añadió, la autonomía universitaria no puede convertirse en una barrera que impida al Estado cumplir sus deberes constitucionales de protección, seguridad y preservación del orden público.

Aclaró que la actuación de las autoridades deberá responder a las circunstancias concretas de cada caso, estar jurídicamente sustentada y emplear los medios necesarios y proporcionales para restablecer las condiciones de seguridad y convivencia.

Indicó igualmente que el ordenamiento jurídico contempla, además, mecanismos excepcionales como la asistencia militar prevista en el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016, cuya aplicación corresponde al Presidente de la República cuando concurran los presupuestos legales y constitucionales establecidos para ello.

Además, afirmó, «ninguna institución o espacio del territorio nacional está por fuera de la autoridad de la Constitución y de la ley. Cuando existan razones jurídicas suficientes para intervenir, el Estado tiene no solo la facultad, sino el deber de actuar para proteger a las personas, garantizar sus derechos y restablecer el orden».

Esa actuación debe ejercerse con firmeza, responsabilidad y dentro de los límites del ordenamiento jurídico. La autoridad democrática se fortalece cuando hace cumplir la ley con decisión, proporcionalidad y sin arbitrariedad, concluyó.

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