Bogotá

Distrito pide que aves migratorias que llegan a Bogotá no sean capturadas

La Secretaría Distrital de Ambiente informó de la presencia de tinguas azules, aves de patas largas, pico rojo y plumaje azulado que vuelan desde los humedales y ciénagas de los llanos orientales y las costas Caribe y Pacífica hacia los cuerpos de agua capitalinos, e hizo un llamado para que no las capturen y si llegan a caer en las casas, se comuniquen con la entidad.

La secretaria de Ambiente, Susana Muhamad, anunció que la entidad se ha encargado desde el 2000 de recuperar, cuidar y habilitar estas aves para que recuperen su libertad. Además invitó a los bogotanos a informar sobre un eventual encuentro de estos pájaros.

«Si un ciudadano llega a ver a alguna de estas aves en el patio de su casa, terraza o tejado, o en parques o calles de la ciudad, por favor comunicarse con el grupo fauna silvestre de la Secretaría Distrital de Ambiente, a los teléfonos 3778899 o 3778854», apuntó Muhamad.

Desde octubre de este año, estas aves azules empezaron a sobrevolar el cielo bogotano. A la fecha, la SDA ha logrado recuperar 36 tinguas azules, las cuales han sido reportadas por la ciudadanía y entregadas de manera voluntaria, de las cuales 28 ya fueron liberadas cerca al cuerpo de agua del Parque La Florida, ubicado a las afueras de la localidad de Engativá.

En la campaña del año pasado, la SDA logró recuperar 322 aves, entre tinguas azules, tinguas piquirojas y pollas llaneras. Algunas de ellas no logran llegar a los humedales de la capital del país, y caen en sitios cercanos como terrazas y techos de casas, parques y zonas verdes. Otras, un poco desorientadas, confunden el reflejo de las ventanas de los edificios con los cuerpos de agua y chocan, lesionándose las patas y las alas.

Mientras la SDA llega al sitio, el ave debe ser introducida en una caja de cartón amplia, libre de residuos y olores ofensivos, para que puedan ser trasladados adecuadamente. La caja debe ser ubicada en un lugar aislado, cerrado y alejado de ruidos fuertes y cualquier actividad humana.

Sólo podrá suministrase agua pura o con azúcar, arroz crudo o cocinado, vegetales rayados (zanahoria, acelga, lechuga o espinaca), carne cruda molida, pescado crudo o semillas como alpiste, linaza y sorgo.