La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, recuerda que el próximo martes 11 de julio inician los vencimientos correspondientes a: Retención en la Fuente del mes de junio; IVA Bimestral, Impuesto al Consumo, Precios de Transferencia, Impuesto al Carbono e Impuesto a la Gasolina y al ACPM. Los vencimientos finalizarán el día 25, de acuerdo al último dígito del NIT, como lo establecen los Decretos 2105 de 2016 y 220 de 2017, que fijan los plazos para cumplir con los impuestos nacionales.
Declaración mensual de Retención en la Fuente
Los agentes de retención de los impuestos: sobre la renta y complementarios, de timbre, y sobre las ventas, así como los autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementario, deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en el mes de junio.
Declaración y pago bimestral del Impuesto Sobre las Ventas -IVA
Son responsables de este impuesto los grandes contribuyentes y las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2016, hayan sido iguales o superiores a $2.737.276.000 (92.000 UVT), y por tanto, los obligados deberán cancelar el periodo mayo – junio.
Declaración y pago bimestral del Impuesto Nacional al Consumo.
Los responsables de este impuesto deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al bimestre mayo – junio.
Declaración informativa de precios de transferencia.
Por el año gravable 2016, deberán presentar esta declaración los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, que celebren operaciones con vinculados, conforme con lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario, o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales.
Esta declaración informativa se presentará en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de DIAN
Impuesto Nacional al Carbono.
Los responsables de este impuesto deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio el día 21 de julio de 2017.
Declaración mensual del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM.
Los responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM deberán declarar y pagar el impuesto correspondiente al período junio de 2017, el día 21 del presente mes.
La DIAN está comprometida con los contribuyentes para facilitarles la presentación y cumplimiento de sus obligaciones fiscales a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, así como de brindarles la asistencia y acompañamiento necesarios en el proceso de diligenciamiento de los formularios, mediante los diferentes canales de atención (telefónico, presencial y chat).