Corte Constitucional revocó resoluciones que ordenaron la intervención de la EPS Sanitas
–A través de la Sentencia SU-277 de 2025, la Corte Constitucional revocó las resoluciones de la Superintendencia Nacional de Salud que ordenaron la intervención forzosa de la EPS Sanitas, al fallar una acción de tutela en el marco del expediente T-10.477.327, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Juan Carlos Cortés González.
La tutela fue interpuesta contra la Superintendencia de Salud por la Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., EPS Sanitas S.A.S. y el directivo Juan Pablo Rueda Sánchez, que argumentaron que la intervención vulneró sus garantías constitucionales.
En su decisión, la Corte revocó la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia el 10 de julio de 2024, que había confirmado un fallo previo del Tribunal Superior de Bogotá. Ambos tribunales habían declarado improcedente la tutela presentada por el grupo empresarial.
La Corte Constitucional concluyó que existió una afectación al derecho fundamental al debido proceso de los accionantes y, en consecuencia, ordenó dejar sin efectos tres resoluciones expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud.
Concretamente en su fallo la alta corporación determinó: “DEJAR SIN EFECTOS la Resolución No. 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024 que ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. por el término de un año, así como la intervención forzosa para ejercer la administración de dicha EPS; la Resolución 2024100000003060-6 del 10 de abril de 2024 que la corrigió; así como la Resolución 2025320030001947-6 del 1 de abril de 2025, mediante la cual se prorrogó dicha medida de intervención por un año, dictadas por la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de esta sentencia”.
La Corte también dispuso remitir la providencia y sus antecedentes a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que vigila el cumplimiento de los parámetros constitucionales en el sistema de salud, conforme a lo establecido en ese fallo estructural.
De hecho, Keralty expidió en abril 4 de 2024, un comunicado en el cual rechazó la intervención de EPS Sanitas por parte de la Superintendencia, por considerarla «arbitraria, ilegal, desproporcionada y discriminatoria», tras resaltar su trabajo para cuidar la salud y bienestar de sus usuarios durante los últimos 43 años.
Al efecto, expuso los siguientes argumentos:
La situación de sostenibilidad financiera de la EPS es provocada en gran medida por el mismo gobierno al no hacer los análisis responsables en temas como la insuficiencia de la UPC, la concentración de riesgo por afiliado y el no reconocimiento de la deuda acumulada. Dichas problemáticas fueron alertadas oportunamente en múltiples escenarios frente al Ministerio de Salud, la ADRES y otras instituciones, sin encontrar soluciones.
Igualmente, no se consideró que en diciembre de 2023 EPS Sanitas presentó ante la Superintendencia Nacional de Salud un plan de reorganización institucional sobre el cual no hubo decisión alguna.
El acto administrativo emitido para la intervención desconoce todo lo anterior.
Los indicadores de quejas a que hace referencia el acto administrativo de intervención reflejan un análisis parcializado que no corresponde a la realidad del servicio de la EPS, pues se afirma que el promedio de quejas de EPS Sanitas durante el 2023 «supera significativamente e/ promedio nacional’, cuando el indicador es similar a la media del sector.
Frente al tema de reservas técnicas, hacemos claridad en que hoy la EPS cuenta con inversiones que las respaldan por un valor superior a los 800 mil millones de pesos.
Esta medida puede comprometer la prestación del servicio a nuestros 5,8 millones de afiliados y cambia drásticamente las reglas de juego para las empresas que le apuestan al país.
Considerando lo anterior, estamos analizando las acciones a tomar para hacer cesar la arbitrariedad del acto de intervención, recuperando la administración de EPS Sanitas en beneficio de nuestros afiliados, colaboradores y del país.
