Conflicto Armado Nacional

La JEP abre incidente de verificación de cumplimiento a dos exFarc condenados por el atentado al Club El Nogal

–Para examinar sus alegatos, escuchar a las víctimas, y practicar pruebas y así establecer si hubo o no incumplimientos en sus aportes a la verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, abrió un incidente de verificación de cumplimiento a los hermanos Fernando y Herminsul Arellán, dos ex integrantes de las desaparecidas Farc condenados por la justicia ordinaria por el atentado al Club El Nogal, perpetrado en el año 2003, con la detonación de 200 kilos de explosivos que dejaron 33 personas muertas y 198 quedaron heridas, entre empleados y socios.

La decisión se tomó en el marco del Caso 10, que investiga crímenes no amnistiables cometidos por las Farc. Es decir, hechos de tal gravedad que deben ser investigados, juzgados y sancionados, y que no han sido abordados en los demás macrocasos abiertos por la JEP.

Los hermanos Fernando y Herminsul Arellán han negado su responsabilidad en el ataque criminal y afirman que se usaron testigos falsos para condenarlos en la justicia ordinaria.

Rindieron versión ante la sala los días 30 de abril y 30 de julio de 2025. En ambas oportunidades los comparecientes insistieron en su inocencia, argumentando que fueron condenados en la justicia ordinaria con base en testimonios falsos.

Aseguraron que uno de sus aportes a la verdad consiste en aclarar que no participaron en el atentado que dejó 36 personas asesinadas y cerca de 200 heridas. Asimismo, argumentaron que fueron relacionados con el hecho porque su hermano Oswaldo y su sobrino John Freddy murieron en el atentado.

Esta ha sido su postura pese a que fueron condenados por terrorismo, homicidio y tentativa de homicidio por la justicia ordinaria y luego de que la Corte Suprema de Justicia dejó en firme esa decisión en 2012.

Tras someterse a la JEP en 2017, los Arellán solicitaron a la Sala de Amnistía o Indulto la revisión de su proceso con el fin de ser amnistiados. Sin embargo, el 24 de agosto de 2023, les fue negada y fueron remitidos al Caso 10.

A fecha, la defensa de los comparecientes no ha solicitado a la Sección de Revisión de la JEP que evalúe la condena impuesta por la justicia ordinaria. Alega que no cuentan con el requisito legal de aportar nuevos elementos probatorios para sustentar su inocencia y que esperan obtenerlos en el curso del proceso que se desarrolla en la Sala de

Es por esto que «la Sala considera necesario, en virtud del artículo 67 de la 1922 de 2018, evaluar si los comparecientes están cumpliendo o no con el régimen de condicionalidad», dijo la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, correlatora del Caso 10.

Tras el anuncio incidente, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, hizo un llamado a los comparecientes en general a aportar verdad plena, detallada y exhaustiva. «De lo contrario, podrían perder los beneficios que otorga esta Jurisdicción», puntualizó.