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Gobierno ordena devolver dineros a otras cuatro entidades captadoras ilegales

–La Superintendencia Financiera intervino cuatro entidades por no estar autorizadas para captar dineros del público y les ordenó devolver la totalidad de los ahorros depositados por los ciudadanos.

Ellas son “Fundación Más que Palabras Mejor es dar que Recibir”; “Gesta Grupo Profesional E.U.”; “Empresa Inversiones Raíz Network Colombia Ltda”; y “Consorcio Prethell Gonzalez S.A.” .

La Superintendencia advirtió que ninguna de estas entidades son instituciones financieras sometidas a su la inspección y vigilancia y, por lo tanto, no se encuentran autorizadas para captar recursos del público en forma masiva y habitual.

Al efecto, la superintendencia emitio el siguiente comunicado:

La Superintendencia Financiera de Colombia ordenó las siguientes medidas administrativas relacionadas con entidades no autorizadas para captar dineros del público:

1. Resolución Número 1825 del 18 de noviembre de 2008: “FUNDACIÓN MÁS QUE PALABRAS MEJOR ES DAR QUE RECIBIR”, con domicilio principal en la ciudad de Cali (Valle del Cauca):

PRIMERO. La SUSPENSIÓN INMEDIATA de las actividades de captación masiva y habitual de dineros a través de la recepción de recursos del público por las vinculaciones al programa denominado “DE ESCLAVO A PRÍNCIPE El SECRETO BÍBLICO SOBRE EL AHORRO Y LA INVERSIÓN”, bajo apremio de multas sucesivas hasta de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, cada una.

SEGUNDO. La DEVOLUCIÓN INMEDIATA de los dineros recaudados sin autorización legal con ocasión del programa “DE ESCLAVO A PRÍNCIPE El SECRETO BÍBLICO SOBRE EL AHORRO Y LA INVERSIÓN”, que será adelantada de acuerdo con el plan de desmonte que se convenga con la Superintendencia Financiera de Colombia, con sujeción a lo previsto en el artículo 7ª del Decreto 4334 de 2008.

Dicho plan de desmonte debe proceder en un plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución, y la devolución de los dineros se ajustará al plan autorizado por esta Superintendencia.

El texto completo de la Resolución No. 1825 del 18 de noviembre de 2008, se puede consultar en el siguiente enlace de la página Web de la Superintendencia Financiera de Colombia:
http://www.superfinanciera.gov.co/NormativaFinanciera/Archivos/r1825_08.rtf

2. Resolución Número 1827 del 19 de noviembre de 2008: “GESTA GRUPO PROFESIONAL E.U.”, con domicilio principal en la ciudad de San Juan de Pasto (Nariño):

PRIMERO. La SUSPENSIÓN INMEDIATA de las actividades de captación masiva y habitual de dineros a través de la recepción de recursos del público por las vinculaciones a los productos denominados “RED ROSETÓN CLASSIC” y “RED ROSETÓN GOLD” bajo apremio de multas sucesivas hasta de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, cada una.

SEGUNDO. ORDENAR a los comandantes de policía de los lugares donde la empresa unipersonal GESTA GRUPO PROFESIONAL E.U. realiza las actividades de captación de dineros del público sin contar con la debida autorización de esta Superintendencia, aplicar las medidas de policía necesarias para cerrar los establecimientos o lugares donde dicha empresa realiza dicha actividad irregular, la colocación de sellos, los cambios de guarda, y demás seguridades precautelativas para proteger los derechos de terceros y para preservar la confianza del público en general.

El texto completo de la Resolución No. 1827 del 19 de noviembre de 2008, se puede consultar en el siguiente enlace de la página Web de la Superintendencia Financiera de Colombia:
http://www.superfinanciera.gov.co/NormativaFinanciera/Archivos/r1827_08.rtf

3. Resolución Número 1828 del 19 de noviembre de 2008: “EMPRESA INVERSIONES RAÍZ NETWORK COLOMBIA LTDA”, con domicilio principal en la ciudad de Medellín (Antioquia):

PRIMERO: La SUSPENSIÓN INMEDIATA de las actividades de captación masiva y habitual de dineros a través de la recepción de recursos del público mediante las vinculaciones al producto denominado “MI CASA EN RED”, bajo apremio de multas sucesivas hasta de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, cada una.

El texto completo de la Resolución No. 1828 del 19 de noviembre de 2008, se puede consultar en el siguiente enlace de la página Web de la Superintendencia Financiera de Colombia:
http://www.superfinanciera.gov.co/NormativaFinanciera/Archivos/r1828_08.rtf

4. Resolución Número 1829 del 19 noviembre de 2008: “CONSORCIO PRETHELL GONZALEZ S.A.”, con domicilio principal en la ciudad de Cali (Valle del Cauca):

PRIMERO: La SUSPENSIÓN INMEDIATA de las actividades de captación de dineros del público, bajo apremio de multas sucesivas hasta de dos mil (2000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cada una.

El texto completo de la Resolución No. 1829 del 19 de noviembre de 2008, se puede consultar en el siguiente enlace de la página Web de la Superintendencia Financiera de Colombia:
http://www.superfinanciera.gov.co/NormativaFinanciera/Archivos/r1829_08.rtf

Contra las anteriores resoluciones procede el recurso de reposición interpuesto ante el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, advirtiendo que por tratarse de medidas cautelares, la interposición del recurso correspondiente no interrumpe la ejecutoriedad de los actos administrativos.

Copia de las anteriores resoluciones han sido remitidas a la Fiscalía General de la Nación para efectos de las investigaciones propias de su competencia y a la Superintendencia de Sociedades en los casos de las resoluciones 1827, 1828 y 1829.

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