Justicia

Ordenan a Minprotección reglamentar cementerios y crematorios

–En respuesta a una acción de cumplimiento interpuesta por la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de la Protección Social deberá reglamentar de manera integral la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres en el país.

Para ello, el Juzgado 15 Administrativo del Circuito de Bogotá concedió un plazo de 20 días hábiles a partir del momento en que quede ejecutoriado el fallo proferido en este caso.

Han transcurrido 29 años ya sin que el Ministerio de la Protección Social reglamente el tema específico de los cementerios, pues desde la expedición de la Ley 9 del 24 de enero de 1979, que faculta a esa cartera para que reglamente esta materia, no se han proferido las disposiciones del caso.

El Juzgado 15 Administrativo del Circuito de Bogotá coincide con la Procuraduría 22 Judicial Ambiental y Agraria en que el Ministerio de la Protección Social ha proferido algunas normas al respecto, pero éstas no regulan de manera específica la prestación del servicio de los cementerios, sino temas conexos a dicha actividad.

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