El concejal Orlando Parada presentó una demanda ante el CNE, por incumplimiento de la Ley.
El cabildante afirma que debe haber paridad en la conformación de listas, mínimo el 50 por ciento, ya que en este momento el promedio no llega ni al 15 por ciento de la participación de mujeres.
El Concejal Orlando Parada Díaz solicitó al presidente del Consejo Nacional Electoral, Doctor Marco Emilio Hincapié, ordene a los partidos y movimientos políticos, se modifiquen las inscripciones de candidatos al Senado de la República realizadas para los comicios electorales a efectuarse el próximo 14 de marzo de 2010, puesto que no cumplieron con lo dispuesto en la ley 581 de 2000 numeral 6 que ordena: “Para el nombramiento en los cargos que deban proveerse por el sistema de ternas, se deberá incluir, en su integración, por lo menos el nombre de una mujer.” Para la designación en los cargos que deban proveerse por el sistema de listas, quien las elabore incluirá hombres y mujeres en igual proporción. (negrilla fuera de texto).
Entonces, queda claro que para efectos de elecciones, en este caso al Senado de la República, la participación adecuada de las mujeres se rige por el artículo 6 de la ley 581 de 2000, por mandato expreso que no admite dudas ni interpretaciones.
Los partidos y movimientos deben incluir en sus listas de candidatos a Senado de la República, hombres y mujeres en igual proporción. Según los datos consignados en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, ninguna de las listas de candidatos al Senado inscritos para las elecciones de 2010 cumplieron con la proporción señalada por la ley