Gobierno promulga medidas de emergencia para enfrentar catástrofe invernal

El presidente Juan Manuel Santos oficializó en las últimas horas la expedición de tres decretos de Emergencia Económica, Social y Ecológica para atender la grave emergencia causada por el invierno.
Una de las disposiciones modifica el Presupuesto General de la Nación para el presente año, con miras a destinar 1 BILLON de pesos para la ayuda humanitaria.
El segundo decreto agiliza el trámite de expropiación por vía administrativa con indemnización de los predios que se necesiten para la reconstrucción de las zonas afectadas y el tercer decreto obligará a las corporaciones autónomas del país a invertir más eficazmente en la prevención y atención de emergencias climáticas.
EL PRESUPUESTO
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 4627 de diciembre de 2010, por medio del cual se modifica el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2010, para que todos los recursos excedentes que no han sido ejecutados por una serie de entidades gubernamentales, se destinen a la atención de los gastos que se requieran para conjurar la crisis generada por la emergencia invernal e impedir la extensión de sus efectos.
La norma, firmada por el Presidente Juan Manuel Santos y todos los ministros del Gabinete, se expidió en virtud de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada el pasado 7 de diciembre, con el objeto de afrontar la emergencia provocada en el país por el invierno.
Este decreto legislativo, uno de los tres divulgados este martes por el Presidente Juan Manuel Santos en Lebrija (Santander), donde inspeccionó los daños causados por el invierno, señala que los recursos señalados deberán transferirse al Fondo Nacional de Calamidades.
Los recursos estipulados en dicho decreto suman 402 mil 587 millones de pesos y se suman a otros 600 mil millones anteriormente anunciados por el Ministerio de Hacienda para los mismos fines.
Cabe recordar que el Gobierno Nacional, en desarrollo del artículo 215 de la Constitución Nacional, emitió hace una semana el Decreto 4580 de 2010, por medio del cual se declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública, debido a la fuerte ola invernal que azota al país desde hace varios meses.
EXPROPIACIONES
El Gobierno Nacional ordenó agilizar el trámite de expropiación por vía administrativa de predios, con el fin de mitigar los efectos causados por la emergencia invernal o realizar acciones de rehabilitación del desastre.
El Decreto 4628 de 2010 permite declarar de urgencia, utilidad pública e interés social para efectos de expropiación por vía administrativa con indemnización previa, la adquisición del derecho de dominio para ejecutar planes específicos para solucionar los eventos ocurridos por la ola invernal.
Esta norma agiliza el procedimiento de expropiación con indemnización de predios que se requieran para ubicar viviendas o realizar construcciones.
Lo anterior a efectos de facilitar las labores necesarias para adelantar los planes de reubicación de vivienda.
Así mismo, se declara de utilidad pública e interés social este tipo de adquisiciones.
La semana pasada, por medio del Decreto 4580 de 2010 se declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública, debido a la fuerte ola invernal que azota al país desde hace varios meses
RECORTE A LAS CORPORACIONES
Las transferencias que por ley deben hacer las grandes empresas del sector hidroeléctrico a las corporaciones autónomas regionales y a los municipios situados en las áreas de influencia de las cuencas hidrográficas, deberán destinarse a financiar acciones de mitigación de los daños causados por el invierno.
La medida corresponde al Decreto 4629 de 2010, promulgado dentro del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que rige en el país desde el pasado 7 de diciembre.
El decreto dispone actividades por parte de las corporaciones autónomas regionales y los municipios para superar la situación de crisis y prevenir la ocurrencia de eventos similares.
Según el decreto legislativo divulgado este martes, que modifica transitoriamente la Ley 99 de 1993, las empresas hidroeléctricas cuya potencia nominal instalada total supere los 10 mil kilovatios de generación, deberán transferir el 6% de sus ventas brutas por energía a las corporaciones autónomas regionales, en un 3% y a los municipios de las cuencas hidrográficas de su influencia en el otro 3%.
De acuerdo con la medida de Emergencia Económica, Social y Ecológica, dichos recursos deberán dedicarse a actividades de control de inundaciones, control de corrientes y control de erosión, es decir, acciones que permitan mitigar la emergencia invernal o la rehabilitación de zonas afectadas, abastecimiento de agua potable, reparaciones tendientes a restablecer el servicio y reparación de infraestructura colapsada.
Además, se estipula que hasta tanto concluyan las obras de reconstrucción y protección programadas, y se atienda plenamente a los damnificados de la ola invernal, todo gasto de los recursos transferidos por la Nación directa o indirectamente a las corporaciones autónomas, tiene deberá tener el visto bueno del representante del Presidente de la República en la junta directiva de la respectiva corporación.
La semana pasada, por medio del Decreto 4580 de 2010, se declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública, debido a la fuerte ola invernal que azota al país desde hace varios meses.
Los comentarios están cerrados.