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Procurador no podía destituirme: Piedad Córdoba

Según un comunicado emitido hoy por la ex congresista, Piedad Córdoba habla sobre una sentencia de la Corte Constitucional en la que indicó que las investigaciones realizadas por el Procurador General a los congresistas son improcedentes.

Según ella, la Sentencia C-280-1996 es clara en decir que el Procurador no puede sancionar con pérdida de investidura pues vulnera la naturaleza restrictiva de los fueros constitucionales.

Según el comunicado, la pérdida de investidura es un proceso jurisdiccional disciplinario autónomo de competencia exclusiva del Consejo de Estado y la investigación no puede entonces ser atribuida al Procurador, pues se estaría afectando la competencia investigativa y decisoria autónoma del supremo tribunal de lo contencioso administrativo.

En estos casos, concluye, la labor del Procurador es la de emitir los correspondientes conceptos, pues en relación con la pérdida de investidura, los congresistas gozan de fuero especial.

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