Medidas para sancionar a hinchas del futbol que protagonicen desòrdenes en los estadios

Dentro de las medidas tomadas por las autoridades para prevenir algún tipo de desorden alrededor y dentro de estos eventos están según la ley 1445 del 2011, la de imponer multas de 5 a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes y no podrán entrar a los estadios entre 6 meses y 3 años, para quien pretenda ingresar, o esté en posesión o tenencia de cualquier tipo de arma de fuego, arma blanca, u objetos peligrosos, poseer o traficar cualquier tipo de estupefacientes y promover o generar agresiones contra las autoridades de policía.
También cobija para aquellos que pretendan ingresar de manera abusiva el terreno de juego y no atender las recomendaciones de los cuerpos de logística en lo que tiene que ver con la ubicación y tránsito de lugares no autorizados para el público.
Se recuerda que en el marco del artículo 359 del Código Penal se tipifica el “Porte, empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos o contundentes”, como acto delictivo.
Aquí se hace claridad que incurrirá en prisión de 1 a 5 años quien dentro de un espectáculo deportivo, estadio, cancha, tribuna, en el entorno de este, o con ocasión del evento deportivo emplee, envíe, o lance contra persona, edificio o medio de locomoción, sustancia u objeto peligroso
Cuando la conducta se realice con fines terroristas, la pena será de 5 a 10 años de prisión y multa de 100 a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En lo que va corrido del año 35 barras han sido sancionadas por malos comportamientos, al igual 156 hinchas, de los cuales 13 han sido capturados protagonizando desordenes en flagrancia.
Finalmente, las autoridades recomiendan que para estos encuentros futboleros los hinchas asistan a los estadios con anticipación, acceder a los controles, ir con ropa cómoda, no consumir bebidas embriagantes antes de ingresar al estadio, hacer caso omiso de los revendedores y portar la boleta de entrada.
