Bogotá

Consejo de Estado debe cumplir decisión de Tribunal Andino a favor de ETB

El Consejo de Estado debe cumplir cuanto antes, la orden proferida por el Tribunal Andino de Justicia, en el sentido de declarar la nulidad de tres laudos arbitrales que condenaban a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, ETB-ESP, a pagarle a la multinacional Comcel, más de $200 mil millones.

El Tribunal Andino de Justicia le dio la razón a la ETB, en cuanto a que el debido proceso fue violado en los tres procesos que la empresa mantuvo contra los laudos arbitrales de la compañía privada internacional, por conflictos de interconexión.

La historia se remonta a 2006, cuando la ETB fue condenada por los tres tribunales arbitrales a pagar la millonaria suma a Comcel. En ese entonces, se interpuso recurso de anulación ante la Sección Tercera del Consejo de Estado contra los tres laudos, y se solicitó la interpretación y aplicación de las normas andinas porque según la norma comunitaria (Artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina), “en los procesos en los que la sentencia no sea susceptible de un recurso ordinario y deban aplicarse normas comunitarias, el juez debe suspender el proceso y solicitarle al Tribunal de Justicia la interpretación de dichas normas”. De acuerdo con el Tribunal Andino, hasta los árbitros están en la obligación de solicitar dicha consulta, y no lo hicieron.

Aunque la Corporación ya había desestimado los recursos de anulación interpuestos por la ETB contra los laudos, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en sentencia de agosto de 2011, le ordenó al Consejo de Estado dejar sin efectos las sentencias que resolvieron los recursos de anulación y declarar la nulidad de los laudos arbitrales, por violar el debido proceso.

La decisión del Tribunal Andino es de obligatorio cumplimiento y se dio un plazo de 90 días para su acatamiento. Ese plazo venció el 23 de diciembre de 2011. Sin embargo, el Consejo de Estado aún no se pronuncia.

Dado que no se ha cumplido el fallo oportunamente, el organismo de justicia andino comenzó un proceso de desacato contra Colombia por el abierto incumplimiento de la sentencia. La consecuencia de esta actitud es que si el Consejo de Estado no cumple antes de que se profiera una decisión en dicho proceso, los demás países miembros de la CAN podrían restringir o suspender las ventajas del Acuerdo de Cartagena que beneficien a Colombia.

De la decisión del Consejo de Estado también se podría afectar el patrimonio de los ciudadanos. Si el tribunal colombiano de lo Contencioso Administrativo decide no anular los laudos arbitrales, será el mismo Estado quien tendría que responder por los perjuicios causados a la ETB. Sin contar que, eventualmente, también podrían verse comprometidos personalmente los magistrados. Los $200 mil millones que Comcel debe reembolsar a la ETB, si no se anulan los laudos, tendrían que provenir de los impuestos de los bogotanos y de los colombianos.