Política

Restitución de Justicia y Paz pasaría a formar parte de la Ley de Víctimas

El Ministerio de Justicia y del Derecho, en conjunto con otras entidades del Ejecutivo y el Judicial, plantearon propuestas al proyecto de reforma a la Ley de Justicia y Paz que, en términos generales, busca brindarle coherencia a la norma 975 de 2005 dentro del modelo de Justicia Transicional de Colombia.

“En 2005, cuando fue aprobada esta ley, no se contaban con otros instrumentos mucho más expeditos para conseguir la reparación de las víctimas como lo es la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Por ello lo que se pretende con esta propuesta es que toda la restitución de bienes de aquí en adelante sea tramitada a través del procedimiento pronto y expedito que contempla la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas)”, explicó el Viceministro de Promoción de la Justicia y director de Justicia Transicional (e), Miguel Samper Strouss.

El Viceministro aseveró que, de aprobarse esta reforma, sólo se seguirían tramitando a través de la Ley 975 de 2005 los procesos de restitución de aquellos bienes que tuviesen medida cautelar decretada por un magistrado de Justicia y Paz.

“Según las estimaciones oficiales de la Fiscalía General de la Nación, los bienes que a la fecha tienen decretada medida cautelar son 469, que continuarían su proceso por Justicia y Paz. Mientras que los 2.635 que aún no tienen medida cautelar, pero que sí tienen solicitud de restitución en Justicia y Paz pasarían al procedimiento especial de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras”, aclaró el alto funcionario.

El proyecto de reforma a la Ley 975 de 2005 también incluye propuestas que, de ser aprobadas, permitirían aplicarle a los bienes la extinción de dominio sin tener que esperar hasta que el magistrado dicte una sentencia al final de todo el proceso, como ocurre en Justicia y Paz.

Además, se establecen medidas para endurecer la persecución a los bienes en poder de los paramilitares desmovilizados.

“Si aparece algún bien que el postulado no entregó de aquí a 40 años, que es la máxima condena a la que estas personas podrían ser condenadas por la justicia ordinaria, se le revocará al postulado inmediatamente el beneficio de la pena alternativa de ocho años. O entregan todos los bienes o van a perder todos los beneficios estipulados por la Ley de Justicia y Paz”, sentenció el Viceministro Samper.

Jueces y Magistrados especiales de restitución de tierras

Actualmente el Ministerio de Justicia, en coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura, estudia la posibilidad de darle impulso a un ajuste de la escala salarial de los jueces de restitución de tierras en razón a su situación excepcional de riesgo.

Igualmente, y pensando en la seguridad de los jueces y magistrados, se está preparando un convenio entre el Consejo Superior de la Judicatura y la Unidad Nacional de Protección, para brindarles esquemas de seguridad a los 23 jueces y a los 15 magistrados de restitución de tierras. Este convenio estaría respaldado por el presupuesto del Consejo Superior de la Judicatura y los equipos y logística de la Unidad Nacional de Protección.

De igual forma, periódicamente se evalúan las condiciones de seguridad tanto de las instalaciones físicas de los jueces y magistrados, como de su seguridad individual.

Desde el pasado mes de mayo, a la fecha, han sido nombrados 23 jueces civiles del circuito especial en restitución de tierras en los municipios de Apartadó, Caucasia, Medellín, Carmen de Bolívar, Pasto, Mocoa, Villavicencio, Valledupar, Popayán, Ibagué, Santa Marta, Montería, Quibdó, Cúcuta, Cali, Buga y Barrancabermeja.

Y cuenta también con 15 magistrados de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras que despachan en Medellín, Cartagena, Cúcuta, Cali y Bogotá.