Bogotá

Arranca restricción para vehículos de carga en Bogotá

A partir de hoy entra en vigencia el decreto 568, el cual restringe el tránsito de vehículos de carga en la capital del país.

La restricción rige entre las 6 a.m. y las 7:30 p.m. de lunes a viernes, a partir del 17 de diciembre hasta el 15 de enero de 2013.

El gobierno nacional advirtió que la medida podría causar desabastecimiento de alimentos y de combustibles.
La Asociación de Transportadores de Carga, Asecarga, señaló que la restricción “borra por un mes este servicio público esencial para el desarrollo de la economía”.

A su turno, la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), seccional Bogotá, afirmó que la medida paralizará por un mes las actividades del sector constructor, que requiere mover los materiales en el día.

De acuerdo con el decreto expedido por el alcalde Gustavo Petro, el transporte de carga superior a 7 toneladas no podrá circular entre las 6 de la mañana y las 7 y 30 de la noche, y los vehículos que lleven combustible y sustancias peligrosas solo podrán transitar entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana siguiente.

Así mismo, las mercancías no se podrán cargar ni descargar de lunes a viernes, desde las 6 a.m a las 8:30 a.m. y entre las 3 p.m y las 7:30 p.m. Los sábados la restricción es desde las 11 a. hasta las 4 p.m.