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En firme sanción contra expersonera de Andes Antioquia

En audiencia pública verbal la Procuraduría General de la Nación confirmó la decisión de primera instancia mediante la cual suspendió e inhabilitó por el término de tres meses a la señora Juliana Andrea Correa Castro, en su condición de personera municipal de Andes para la época de los hechos, por no presentar la rendición pública de cuentas en la forma y términos a los que estaba obligada conforme a lo señalado en los artículos 5 y 11 de la Ley 951 de 2005.

De acuerdo con las pruebas recaudadas, la expersonera no sólo omitió su deber de presentar el balance general al final de su cuatrienio sino que tampoco acató los términos señalados por el procurador general de la Nación en la Resolución 478 del 31 de octubre de 2011, a pesar de los múltiples requerimientos hechos a cada uno de los personeros de la jurisdicción, en su oportunidad, por parte de la Procuraduría Provincial de Andes.

Consideró el Ministerio Público que ante la comunidad el personero es su defensor, su vocero, quien interviene para la protección de sus intereses y derechos y gestor de las políticas públicas que le favorezcan, por tanto, su deber y responsabilidad ética, jurídica y social era informar a la ciudadanía en general y a las autoridades competentes sobre los principales resultados de su gestión, al final de su periodo.

Con su comportamiento la exfuncionaria incurrió en falta disciplinaria grave cometida a título de dolo.

Dado que la expersonera no ejerce función pública, el término de la sanción de suspensión fue convertido en salarios equivalentes a los devengados al momento de la comisión de la falta, suma que asciende a $8.226.708 pesos moneda legal colombiana y que deberá consignar a favor del municipio de Andes.

En razón a que la defensora de la disciplinada no apeló la decisión de primera instancia proferida por la Procuraduría Provincial de Andes, el fallo disciplinario en contra de la señora Correa Castro quedó en firme.