Nacional

Procuraduría pide revisión de condiciones para subasta de la concesión del 4G

celularLa Procuraduría General de la Nación pidió en las últimas horas una revisión a las condiciones en que se realizará la subasta pública organizada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para la adjudicación de la concesión del espectro radioeléctrico para la provisión del servicio de tráfico de datos móviles, denominado 4G.

La petición la formuló dentro de una serie de recomendaciones que le hizo al proceso, con el fin de evitar el riesgo de concentración de mercado y la ocurrencia de prácticas monopolísticas.

Según lo advirtió el Ministerio Público, este importante proceso permitirá al país fomentar la competencia y promocionar la prestación de servicios móviles a la población.

En un comunicado, la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública en este proceso, presentó las siguientes recomendaciones:

1. Fundamentar la subasta 4G en la política de manejo del espectro en que se demuestre que es razonable desde la perspectiva de los principios que orientan los procesos de otorgamiento de este recurso escaso.

2. Sugirió que antes de publicar la resolución se hayan expedido las normas regulatorias que tengan impacto en el proceso como el tema de calidad del servicio y uso de infraestructura de terceros establecidos.

3. Revisar las condiciones en que se realizará la subasta de segmentos reservados y abiertos, de tal manera que se garantice la maximización de recursos.

4. Se solicitó informar qué medidas se han adoptado para evitar prácticas especulativas en la asignación del espectro.

El Ministerio Público ha sido enfático en que el proceso de selección objetiva para asignar el espectro debe garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia, objetividad, igualdad de oportunidades y libre competencia, acceso al uso del espectro radioeléctrico, evitando el riesgo de concentración de mercado y la ocurrencia de prácticas monopolísticas prohibidos en el artículo 75 de la Constitución de Colombia».