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Corte Constitucional: Colegios no pueden prohibir uso de pelo largo a estudiante

estudiantes-marcha-grande–En un fallo de tutela, la Corte Constitucional determinó que los colegios no pueden vetar o prohibir a los estudiantes llevar el pelo largo y advirtió que cualquier tipo de limitación por «prejuicios estéticos» es una violación a sus derechos constitucionales.

“Imponer que mantengan el cabello corto es un patrón estético excluyente”, advirtió la sentencia, en la cual el alto tribunal hizo un llamado de buena conducta a los docentes del país para que no impongan normas a los estudiantes contrarias a la Constitución.

Según la Corte, «las limitaciones a los estudiantes por prejuicios estéticos restringe el acceso a la educación”.

El fallo fue proferido alrededor de una tutela que interpuso Jorge David Porras, de 15 años, alumno de noveno grado de la Escuela Normal Santiago de Tunja, debido al acoso de que era víctima por tener el pelo largo, hecho por el cual fue estigmatizado y apartado de las actividades académicas.

El alto tribunal consideró que este tratamiento expuso al estudiante al llamado «matoneo».

El magistrado Jorge Pretelt estableció que en su fallo la Corte rechazó el chantaje con incentivos académicos para persuadir a los estudiantes.

“Las dádivas son un mecanismo perverso que premia pero por otro lado constriñe», precisó.

En el fallo, la Corte Constitucional otorgó un plazo de 5 días al colegio para modificar el manual de convivencia y permitir el uso de pelo largo a sus alumnos.

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