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Según el Consejo de Estado, las Farc no son una organización terrorista

farcnoUn fallo del Consejo de Estado en que se condena a la Nación por no impedir el secuestro de unos miembros activos del ejercito durante la toma de la Base de Las Delicias, Caquetá, afirma que el grupo guerrillero de las Farc no puede ser catalogado como terrorista a pesar de que realicen actos terroristas o realicen hechos en contra del Derecho Internacional Humanitario.

“Resulta incontrovertible la existencia de un conflicto armado en Colombia, lo cual constituye el fundamento jurídico necesario para que se imponga a las partes que en él intervienen el deber de respetar y hacer respetar el DIH en todo tiempo y lugar. Ello significa, de la misma manera, que no resulta jurídicamente riguroso, ni respetuoso de la disposiciones del mismo DIH, catalogar sin matices a las agrupaciones guerrilleras que, como las Farc, toman parte en el conflicto armado, como terroristas. A pesar de que realicen actos terroristas o de que incurran en conductas que puedan suponer la configuración de infracciones al DIH, por las cuales deberán responder individualmente los integrantes de la referida organización armada”.

El argumento del Consejo de Estado es que “las hostilidades contra quienes participen en operaciones militares dentro del marco de un conflicto armado son permitidas por el DIH, conjunto normativo que, al propio tiempo, proscribe la realización de actos de terror en contra de la población civil”.

“Más allá de la responsabilidad que puede caberle al combatiente individualmente considerado por incurrir en la comisión de crímenes de guerra u otras infracciones al DIH, pues dicha categorización debe reservarse a quienes utilicen de manera sistemática el terror contra los civiles”, dice parte del fallo.