Política

Bancada del Polo demandará ante la Corte Constitucional Plan Nacional de Desarrollo

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Este miércoles la bancada del Polo Democrático y la Cumbre Agraria radicaron una demanda ante la Corte Constitucional en contra de la ley 1753 por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo durante su debate en el Congreso de la República. Principalmente, piden al Alto Tribunal que declare la ilegalidad de la norma que permite la actividad minera en zonas de páramo.

De acuerdo con el Polo y la Cumbre Agraria, se manifiesta que el artículo 173 va en contravía de la protección de los recursos naturales “especialmente contra el derecho al agua” puesto que el mismo contiene una excepción a la prohibición general para no realizar actividades de explotación minera, así como exploración y explotación petrolera en los páramos.

De igual forma, la demanda está dirigida a declarar la nulidad de los artículos 20, 49, 50, 51 y 52 por medio de los cuales se reglamentaron los denominados Proyectos de Interés Estratégico (PINE) y que establece una imposibilidad jurídica “de la restitución de tierras de predios en los que existan este tipo de Proyectos. Actualmente existen 68 de estos en el territorio nacional”.

“Amplia una figura de concesión minera, denominada Áreas de Reserva Estratégicas Mineras y crea las reservas para la formalización y para el desarrollo minero-energético. Según los demandantes, con estos preceptos se le dé al Gobierno facultades excesivas sobre el ordenamiento territorial, por encima de los entes ocales, se desconoce el concepto de desarrollo sostenible”, afirma el documento.

Por último, se manifiesta que se presentaron serias irregularidades en la conciliación que se adelantó en la Cámara de Representantes.

Según el senador Iván Cepeda, las concesiones mineras en páramos cuentan con más de 118 mil hectáreas, de las cuales, más de 11 mil hectáreas están afectadas por cuatro proyectos petroleros.

“Este es un grave atentado contra los recursos naturales, especialmente contra el derecho al agua, que es un derecho fundamental de cualquier ser humano”, expresó el legislador.

Del mismo modo, se busca que declare la ilegalidad de los artículos 20, 49, 50, 51 y 52, que reglamentan los denominados Proyectos de Interés Estratégico Nacional PINE, y que establecen la imposibilidad jurídica de la restitución de tierras en predios en los que haya Proyectos de Interés Nacional Estratégico. En la actualidad existen 68 proyectos PINE en todo el territorio nacional.

El representante a la Cámara, Alirio Uribe, afirmó que la norma que crea los proyectos PINE, “rompe con la separación de poderes, entregando al ejecutivo la reglamentación de unos proyectos que son asimilados de utilidad pública, es decir, se puede expropiar en nombre de la minería, las hidroeléctricas y las obras viales. Se desconocen otros derechos, como los de las víctimas del despojo violento de la tierra, pues la norma obliga al juez de restitución a abstenerse de devolverle la tierra a la víctima si el predio se traslapa con un PINE. Así, privilegiaremos una 4G a la restitución de las víctimas”, concluyó.