Economía

SuperIndustria sancionó con más de $32 millones a Sony por incumplir con garantía de televisor

SonyLa Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante sentencia condenó judicialmente a la compañía de tecnología SONY Colombia S.A. por el incumplimiento en la garantía de un televisor que había adquirido una consumidora. Además, ordenó a la empresa a cambiar el televisor por uno nuevo de iguales o similares características y, adicionalmente, le impuso una multa por $32.217.500 millones, equivalentes a cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La Superindustria encontró que SONY Colombia S.A., incumplió con las garantías ofrecidas a la compradora, en el momento de adquirir el electrodoméstico.

Además, en dos ocasiones le devolvió el bien a la consumidora indicando que este no tenía ninguna falla y exigió que era la consumidora quien debía demostrar el daño con fotos y videos.

Igualmente, se encontró probado en el proceso judicial que en las tres (3) oportunidades que la consumidora llevó el bien a reparación, pagó por su cuenta los gastos de traslado y transporte del televisor, sin que la sociedad demandada hubiera asumido dichos rubros.

La demanda judicial fue instaurada por una consumidora que adquirió un televisor de la marca SONY, el cual presentó en tres (3) oportunidades una falla consistente en que una vez encendido, en su pantalla aparecían unas líneas verdes intermitentes que impedían su normal funcionamiento.

Efectuada la primera reclamación por parte de la consumidora, SONY COLOMBIA S.A. se abstuvo de hacer efectiva la garantía, argumentando que no existía ninguna falla y exigiéndole a la consumidora que debía demostrar el daño del televisor con “fotos y videos”.

Luego de que la consumidora procediera a aportar las fotos y videos exigidos por SONY COLOMBIA S.A., con los cuales demostró el defecto del televisor, lo llevó nuevamente para que se le hiciera efectiva la garantía, ante lo cual se le informó que se había procedido a su reparación. Sin embargo, el daño volvió a presentarse.

La decisión de carácter jurisdiccional adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio a favor del consumidor es de inmediato cumplimiento y contra ella no procede ningún recurso en atención a la cuantía del asunto. La decisión se encuentra en firme y debidamente ejecutoriada.