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Procuraduría precisa alcances de la vigilancia superior a la garantía de los derechos de las víctimas de violencia sexual

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Respecto del proyecto de vigilancia superior a la garantía de los derechos de las víctimas de violencia sexual, en el marco del cual se cursó por parte de la Procuraduría General de la Nación una solicitud de información a los fiscales que investigan este tipo de delitos, este organismo de control debe precisar que en ningún momento se ha pretendido vulnerar la reserva de los procesos, violar el derecho a la intimidad de las víctimas, ni desconocer la ausencia de competencias disciplinarias sobre los servidores de la Fiscalía General de la Nación.

En declaraciones ofrecidas hoy a los medios de comunicación, la procuradora delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Ilva Myriam Hoyos Castañeda, indicó que este proyecto tiene como propósito generar insumos que incidan en la revisión y ajuste de la atención integral que se debe brindar a las víctimas de violencia sexual en el marco del acceso a la justicia, razón por la cual se diseñaron instrumentos de recolección de información dirigidos a las entidades competentes, entre ellas la Fiscalía General de la Nación. “El 4 de marzo se le remitió al fiscal general la información correspondiente a este proyecto estratégico, se solicitó su colaboración, y del mismo despacho remitieron la información para enviarle a los fiscales la comunicación”, precisó. La respuesta a la que hace referencia fue recibida en este organismo de control el pasado lunes 8 de junio.

La procuradora manifestó que de manera extraoficial conoció una circular del fiscal general, en la que ordena no dar respuesta a la solicitud de información formulada por la Procuraduría, con argumentos que desconocen los fines de la vigilancia superior y las competencias que en materia preventiva ostenta el Ministerio Público. Cabe señalar, entre otros, que el artículo 284 de la Constitución establece que salvo las excepciones previstas, el procurador general podrá requerir de las autoridades las informaciones necesarias para el ejercicio de sus funciones, sin que pueda oponérseles reserva alguna.

Asimismo, la funcionaria se refirió a los mandatos legales que ordenan a la Procuraduría evaluar el cumplimiento de las obligaciones de las instituciones responsables de la atención, prevención, investigación, juzgamiento, sanción y reparación en materia de violencia sexual (leyes 1257 de 2008 y 1719 de 2014).

En cuanto a la supuesta vulneración a la reserva de las investigaciones penales o la violación del derecho a la intimidad de las víctimas, la Procuraduría aclara que la vigilancia superior no indaga por información reservada, ni solicita diligenciar nombres o datos de víctimas o agresores, ni solicita ninguna clase de información específica sobre investigación penal alguna, ni interfiere con el debido curso de los procesos.

De otra parte, respecto de la autoridad disciplinaria sobre los servidores de la Fiscalía, la procuradora delegada señaló: “Tenemos claro que no hay competencia en la Procuraduría para la investigación disciplinaria a los fiscales. A lo que se hace referencia en nuestra solicitud no es a sanciones, sino a la importancia de dar respuesta porque el país necesita conocer cómo están preparadas las instituciones para garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de violencia sexual”.

En cuanto al argumento expresado por el fiscal general sobre la carga que implicaría para los fiscales el diligenciamiento de la información, la Procuraduría aclara que el instrumento se responde en línea una única vez (www.vigilanciasuperiorprocuraduria.org) y no se trata de un nuevo sistema de información. Además se otorga un tiempo amplio y suficiente de 30 días para tal fin y la mayoría de las preguntas cuenta con opción de múltiple respuesta. El instrumento ya fue diligenciado por 515 empresas sociales del Estado y por 84 unidades básicas de Medicina Legal sin objeción alguna.

Finalmente, la procuradora delegada recordó que esta no es la primera vez que se adelanta una vigilancia superior por parte de este organismo de control: “ya se realizó una muy exitosa con las comisarías de Familia, de quien tampoco somos su autoridad disciplinaria y no obstante la mayoría de ellas dio respuesta, y el informe ha sido reconocido en todo el país como el único serio sobre estas entidades”.

Propuesta del fiscal general para que se reduzcan penas a abusadores de niños no protege en debida forma los derechos prevalentes de los niños

Al ser interrogada sobre la propuesta en la que el fiscal Eduardo Montealegre ha insistido para que se permita otorgar beneficios en el proceso penal a los abusadores de menores de edad, la procuradora delegada señaló que este organismo de control no comparte el criterio de la Fiscalía General en relación con este tema: “Aspiramos a hacer presencia en el Congreso para expresar nuestras razones. Nos corresponde defender los derechos de los niños y es cierto que también los agresores deben tener garantizado su derecho al debido proceso, pero la Procuraduría estima que las razones expresadas por la Fiscalía no permiten garantizar en debida forma los derechos de los niños, que constitucionalmente son sujetos de especial protección. Se debe castigar de manera drástica todo acto de violencia que afecte su integridad”, puntualizó.