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Si va viajar a Europa verifique los requisitos para su ingreso

migracioneesMás de 35 mil 500 colombianos han salido del país rumbo a Europa desde que entró en vigor la eliminación de visado de corta estadía a 30 países de ese continente. Su ingreso, en la gran mayoría de los casos, se ha dado sin contratiempos. El número de inadmitidos no llega ni siquiera al 0.1 por ciento del total de colombianos que han viajado.

Es clave reiterar la importancia de revisar con anterioridad los requisitos de ingreso del país a visitar, para que los viajeros no vayan a tener ningún problema al cruzar los filtros migratorios. Tenga en cuenta por ejemplo que una carta de invitación no es lo mismo que un correo donde usted escribe que invitó a ‘X’ persona a su casa ni tampoco una hoja firmada por usted donde asegura que está invitando a un connacional.

El formato y contenido de la carta de invitación puede variar según el país a visitar, por eso es muy importante que verifique con las autoridades migratorias del país al que viajará, cómo debe presentarse esa carta de invitación y qué requisitos debe tener. Por lo general la carta de invitación que exigen los países europeos, debe ser presentada en el filtro migratorio en formato físico original y debe estar firmada por la persona que alojará al viajero (o su representante legal) y debidamente autenticada por la autoridad administrativa del país o de la ciudad a visitar. Hay países, por ejemplo, que exigen a la persona que invita, tramitar la carta de invitación en la comisaría de policía del lugar de residencia; en otros lugares se tramita ante un notario. Esta carta posteriormente debe ser enviada al invitado para que la presente en físico y formato original en caso de ser solicitada al ingreso al país.

Si el viajero se va alojar en hoteles durante su estadía en Europa, podrían exigirle a su ingreso al país la reserva vigente y válida del hotel, y que cubra la totalidad del tiempo de estadía; tenga en cuenta que hay autoridades migratorias que pueden incluso verificar que el hotel haya sido pagado con anticipación. Revise la exigencia que sobre este tema establece cada país a los viajeros.

Tenga en cuenta que también podrían pedirle que demuestre los medios económicos de subsistencia durante su estadía en ese continente. Los medios de subsistencia para la estancia prevista se valorarán en función de la duración, y el objeto de la estancia. Incluso, le podrán pedir la justificación de su viaje, para lo cual, deberá poder argumentar la asistencia a eventos, conferencias, reuniones, paquete turístico, entre otros.

Calcule los días que podrá estar en territorio europeo (Calculadora disponible http://bit.ly/1LCb5ia)

Tenga en cuenta el significado de «corta estadía»; el período total de la estancia no debe exceder los 90 días en un lapso de 180 días. Esta información es clave especialmente para quienes ya han viajado a Europa pues la eliminación del visado de corta estancia no quiere decir borrón y cuenta nueva; las autoridades migratorias tendrán en cuenta también los días de visita que cada colombiano haya realizado con anterioridad al 3 diciembre de 2015.

Si ya estuvo por ejemplo 80 días y pretende quedarse 3 semanas, tenga en cuenta que solo le darán autorización para permanecer 10 días que sería lo que le quedaría pendiente para ajustarse a una visita de corta estancia. Para evitar inconvenientes en la programación de su viaje puede utilizar una herramienta online que provee la Unión Europea para calcular cuánto tiempo puede permanecer en su próximo viaje: http://bit.ly/1LCb5ia. Tenga en cuenta que dicha calculadora es solo una herramienta de ayuda; el resultado de su uso no da derecho de estancia.

Otras recomendaciones prioritarias

Es clave verificar con las autoridades migratorias del país a visitar si las recomendaciones que le dieron en su agencia de viajes o sus familiares o amigos son suficientes o si en la asesoría les faltó informarle algo.

Como estas son apenas unas recomendaciones y no quiere decir que sean los requisitos finales establecidos por cada país aquí vamos con otros datos; tenga en cuenta que las autoridades migratorias revisarán si la persona está inscrita en el listado de admisibles en el sistema de Información de Schengen. Además verificarán que la persona no sea considerada como una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública, o las relaciones internacionales de uno de los Estados miembros. Recuerde que cada país es soberano a la hora de permitir o no el ingreso de nacionales extranjeros.

Algunos países exigen viajar con seguro internacional; le recomendamos que lo adquiera así no se lo exijan las autoridades migratorias, pues nadie exento de sufrir un accidente o una enfermedad.