Mindefensa pide hundir proyecto que regula vigilancia y seguridad privada en Colombia
–El ministro de Defensa Nacional, Luis Carlos Villegas, pidió en las últimas horas el hundimiento de un proyecto de ley que pretende regular el sector de vigilancia y seguridad privada en Colombia, que hace tránsito para tercer debate en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes. Afirma que tiene «alta dosis de inconveniencia nacional».
El ministro de Defensa insiste fundamentalmente en la inconveniencia del artículo 4 de la iniciativa dado a que se prohíbe la inversión extranjera en todo tipo societario.
«El sector económico de seguridad y vigilancia privada se ha caracterizado por la participación de actores extranjeros que lo han fortalecido y han promovido la libre competencia», precisa el ministro en el comunicado, en el cual hace, además, las siguientes precisiones:
En cuanto a política pública, el documento CONPES No. 3521 de 2008 que establece lineamientos para el sector de vigilancia y seguridad privada en Colombia dispone que:
“La operación del sector deberá contar con la posibilidad legal de inversión extranjera en el mismo, que fortalezca las economías de escala y las ventajas tecnológicas conservando la visibilidad de los propietarios y estableciendo un proceso que proteja el empleo nacional y a los pequeños actores del mercado.”
Adicionalmente, el proyecto de ley confunde conceptualmente dos actividades diametralmente opuestas como son las de Vigilancia y Seguridad Privada con las de Defensa y Seguridad Nacional, que no son equiparables y donde la prohibición a la inversión extranjera que se propone por parte del Congreso de la República evidenciaría un claro retroceso en la política pública de protección a la libre competencia económica y en los avances obtenidos en materia de inversión frente al PIB.
El ministro de Defensa Nacional también llamó la atención sobre las disposiciones del inciso segundo del artículo 16, que circunscriben la prestación de determinados servicios de vigilancia y seguridad privada a empresas constituidas y administradas únicamente por personas naturales de nacional colombiana, excluyendo a los extranjeros, lo cual generaría un tratamiento discriminatorio.
El Ministro, Luis Carlos Villegas, solicitó en consecuencia a la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, que no dé trámite al mencionado proyecto de ley.
SUPERINTEDENCIA DE SEGURIDAD
Con respecto al Proyecto de Ley No. 072 de 2014 (Senado) y 195 de 2015 (Cámara de Representantes) la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada informa que:
1. La ponencia radicada en la Comisión Segunda el 27 de mayo del presente año, podría tipificar una expropiación indirecta contra las empresas de
vigilancia y seguridad privada con capital extranjero que prestan sus servicios en el país desde hace varias décadas.
Constituye además una grave prohibición que se extendería a sectores de la industria como las empresas de blindaje y arrendamiento de vehículos
acondicionados con estos elementos, que cuentan con socios o capital extranjero y que actualmente participan en el mercado en igualdad de
condiciones, generando importantes ingresos operacionales, prestigio y calidad en este servicio.
2. La ponencia al igual que el texto aprobado en Senado, contempla un régimen sancionatorio que no recoge las realidades del sector y que sitúa
sanciones, multas y montos, dependiendo de la falta que van desde 5 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo cual no resulta,
consecuente con la gravedad de la falta, con la relevancia del sector en la economía y con los impactos de las faltas graves y gravísimas en la
prestación del servicio.
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, presento vía Ministerio de Defensa Nacional, una propuesta de régimen sancionatorio
integral, con tipos, sanciones y procedimientos con el lleno de las garantías y acordes a los servicios, pero no fue tenido en cuenta, ni en el texto aprobado en Senado, ni en la ponencia de Cámara.
3. El Proyecto elimina la facultad discrecional que desde su origen a mantenido la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para
aprobar, renovar y cancelar licencias de funcionamiento a los servicios, lo cual ha sido una herramienta útil en la lucha contra la criminalidad que de manera regular pretende permear estos servicios. El Consejo de Estado en reiterados fallos ha mantenido intacta dicha facultad, señalando que está acorde con la naturaleza de estos servicios y con la protección de valores fundamentales del Estado colombiano, como la tranquilidad, la seguridad ciudadana y la confianza pública.