Procuraduría dejó sin Concejo a Valledupar: Destituyó a 15 integrantes y los inhabilitó por 13 años

La drástica medida, en fallo de primera instancia, fue adoptada por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de Bogotá como culminación de una audiencia de mas de siete horas por la irregular elección del contralor, que estaba inhabilitado por ser íntimo amigo del alcalde de la ciudad Augusto Ramírez Uhía.
Los concejales destituidos e inhabiltiados son los siguientes:
Víctor Julio Alvarado Bolaño, José Amiro Araméndiz Sierra, Jaime Bornacelly Figueroa, Guido Castilla González, Dorismel Celedón Vega, Ciro Guzmán Chinchía Bermúdez, José Rafael Gómez Solano, Wilber Hinojosa Borrero, Gabriel Muvdi Arangüena, Eudes Orozco Daza, Wilfrido Ortiz Arias, Alex Pana Zárate, Carlos Picón Cortés, Luis Miguel Santrich Díaz y Yesith Triana Amaya.
El Ministerio Público consideró que estos integrantes del Concejo incurrieron en una falta disciplinaria a título de dolo por haber elegido al contralor pese a la amistad entre éste y el alcalde.
Según el diario «El Pilón», desde que se conoció que Castilla Fragoso hacía parte de la terna para el cargo de Contralor, en la ciudad se decía que éste tenía conflicto de intereses, lo cual, finalmente, confirmó la Procuraduría con su fallo.
El informativo reseñó que además de la sanción a los concejales y al contralor, la Procuraduría ordenó remitir copias a la Procuraduría Provincial de Valledupar para que se investigue a Aníbal Quiroz Monsalvo (jefe de la Oficina de Planeación), Sandra Cujía Mora (secretaria de Gobierno) y a José Jorge Crespo (asesor de despacho), por su presunta obstrucción a las investigaciones de las autoridades administrativas debido a que no aportaron la información sobre las personas que conformaron el grupo de empalme del alcalde electo, decisión que no admite recurso.
Según la relación del periódico vallenato, la Procuraduría leyó el fallo individual para cada uno de los concejales a quienes les imputó uno a uno la falta y dijo que no actuaron atendiendo el grado de afectación pública al no tener en cuenta el grado de amistad entre el mandatario y el contralor, éste último debe ejercer funciones y ejercicio de vigilancia a la función fiscal del municipio.
Destaca igualmente que aunque durante el proceso se abordó que Castilla Fragoso además de la amistad con el mandatario la cual reconoció el día de su posesión, el Ministerio Público también evaluó otros factores como que éste fue el presidente de la comisión de empalme, lo cual fue declarado por uno de los testigos dentro de la investigación, además que fue aportante a la campaña del mandatario.
“Sus manifestaciones públicas han sido valoradas, su amistad íntima con el alcalde Augusto Daniel, se encuentran acreditadas sus calidades profesionales como abogado especializado con amplia experiencia en el sector público y privado y por lo tanto conocedor de las normas que rigen para el acceso y ejercicio de los cargos públicos al igual era conocedor de la magnitud y alcance de la función pública de la vigilancia de la gestión fiscal en el municipio por lo que el argumento de declararse impedido posteriormente frente a asuntos que involucrara a su amigo Augusto Ramírez permiten apreciar que no sujetó su comportamiento hacia el respeto y observancia de los principios que gobiernan la función pública y procedió a ejercer el cargo a sabiendas del grado de afectación y puesta en peligro de los fines perseguidos constitucionalmente y legalmente con la función fiscal”, dijo el procurador Segundo Delegado, Gustavo Castro Capera.