Economía

Industriales hacen nuevos reparos a Reforma Tributaria; piden reducir excesivas cargas sobre la productividad

industria–El Consejo Gremial Nacional (CGN) que agrupa a los empresarios e industriales colombianos formuló nuevos reparos a la Reforma Tributaria Estructural que tramita el gobierno en el Congreso y entre otras cosas reclamó la reducción efectiva de las excesivas cargas tributarias sobre la actividad productiva.

«Afirmamos categóricamente que este ajuste en la carga de los empresarios no da espera, ni para ellos ni para el Estado mismo», precisa el Consejo Gremial en un comunicado.

Los industriales expresan preocupación porque «a finales del 2016 estamos observando una marcada desaceleración, tanto así que el Banco de la República ha estimado que el crecimiento llegaría alrededor del 2% para este año. Las proyecciones para el año 2017 no son más optimistas. La reforma tributaria debe servir como un impulsor de la economía. Aumentar la carga impositiva de las empresas para los años 2017 y 2018 llevaría a empeorar la situación descrita», precisan.

El documento expedido por el Consejo Gremial Nacional es el siguiente:

Consejo Gremial Nacional reitera su interés en participar en el debate reforma tributaria

Consejo Gremial Nacional (“CGN”), en representación del sector empresarial colombiano, reitera su interés en participar en el debate del Proyecto de Ley No. 178/2016(Cámara) y 173/2016 (Senado) “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones” (en adelante el “Proyecto”).

Los foros que se han realizado en diferentes regiones del país han sido importantes espacios de diálogo y creemos que en este punto, después de aprobado el Proyecto en el primer debate de las comisiones terceras conjuntas de Cámara y Senado, hay aspectos fundamentales del Proyecto que requieren ajustes so pena de que se desvíe el objetivo de mejora de condiciones de competitividad que orientó esta iniciativa legislativa.

El CGN encuentra elementos positivos en el proyecto en curso, como el tratamiento tributario a las ESAL, la penalización de la evasión y el monotributo como vehículo para generar formalidad y expandir la seguridad social. Más allá de lo anotado anteriormente, en esta comunicación procederemos a abordar asuntos que consideramos importantes en el Proyecto y sus efectos sobre el sector empresarial.

I. Consideraciones generales

A. Oportunidad de la reforma tributaria estructural

En el año 2014, durante el trámite de la Ley 1739, el CGN propuso la creación de la Comisión de Expertos para la Equidad y Competitividad Tributaria (“Comisión de Expertos”) y clamó al Gobierno Nacional y al Legislativo para que se llevara a cabo una reforma tributaria estructural.

Uno de los elementos fundamentales de la reforma que esperan los empresarios es la reducción efectiva de las excesivas cargas tributarias sobre la actividad productiva. De acuerdo con el texto aprobado en el primer debate en comisiones conjuntas, la reducción de la tarifa de renta tendría lugar en el año 2019.

Sobre este particular afirmamos categóricamente que este ajuste en la carga de los empresarios no da espera, ni para ellos ni para el Estado mismo. Las razones son las siguientes:

1. Con menores tasas de tributación, podría lograrse un incremento de la inversión privada nacional y extranjera. Si las demás condiciones se mantienen, el efecto natural es un aumento en el recaudo por parte de las empresas.

2. Preocupa que a finales del 2016 estamos observando una marcada desaceleración, tanto así que el Banco de la República ha estimado que el crecimiento llegaría alrededor del 2% para este año. Las proyecciones para el año 2017 no son más optimistas. La reforma tributaria debe servir como un impulsor de la economía. Aumentar la carga impositiva de las empresas para los años 2017 y 2018 llevaría a empeorar la situación descrita.

3. La garantía de la estabilidad de las finanzas públicas pasa, necesariamente, por la sostenibilidad empresarial. Los aportes de los empresarios son la principal fuente de recursos del Estado colombiano y sin ellos no será posible cumplir con los retos que impone el Estado Social de Derecho.

4. Existe suficiente ilustración sobre las desventajas competitivas que tiene Colombia frente a otros países y el peso que representa la carga tributaria. El escenario al que nos enfrentamos es el caldo de cultivo perfecto para la disminución de la inversión en el país y la consecuente búsqueda de oportunidades empresariales en otros países más competitivos.

5. De tiempo atrás hemos insistido en la paradoja de la vocación de permanencia de las medidas tributarias temporales. Colombia tiene la tradición de hacer permanentes impuestos y tributos que se concibieron originalmente como temporales. Así sucedió con el impuesto al patrimonio y el gravamen a los movimientos financieros.

No es infundado el temor de los empresarios colombianos de que la sobretasa al impuesto de renta se vuelva permanente y no baje la carga impositiva, con el mismo argumento que ha sostenido los ejemplos mencionados anteriormente: “se generaron recursos de los que el Estado luego no podría prescindir”. En el 2018 habrá un nuevo gobierno, se planteará otro Plan Nacional de Desarrollo que podría sacrificar, nuevamente, la competitividad y la sostenibilidad empresarial.

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Como se aprecia, las tarifas combinadas del impuesto de renta, su sobretasa, y el gravamen sobre los dividendos serían más altas para el 2017 y 2018 que las que hoy tenemos entre renta, CREE y sobretasa al CREE. Solo a partir del 2019, cuando una nueva administración esté a cargo del gobierno nacional, la tarifa del impuesto de renta sería ligeramente inferior a la actual, si se reinvierten en un 100% las utilidades en la misma sociedad. Dicho impuesto a la renta se situaría en un 36,3%, para el año 2019, si la distribución de utilidades es de un 50%, y éstas son gravadas al 10%.

B. Sistema tributario, estabilidad de las finanzas públicas y optimización del gasto. La reforma debe garantizar la estabilidad de las finanzas públicas y, por lo tanto, reiteramos el respaldo a los principios de disciplina en el manejo de las finanzas que impone la regla fiscal.

Parte fundamental del debate sobre la estructura tributaria que necesita el país es la optimización del gasto público. Estamos convencidos de que la equidad y eficiencia en el gasto pueden mejorar, preservando los siguientes criterios de priorización en la inversión pública: i) los efectos redistributivos sobre la población; ii) los efectos multiplicadores sobre la economía y la competitividad; iii) la generación de empleo y iv) la formalización.

Es evidente que las finanzas públicas requieren una solución estructural, tanto en ingresos como en gastos. Esto pasa por la necesidad de contar con una evaluación de los gastos corrientes y su eficiencia, es decir el tamaño del Estado que queremos y la estructura de financiación que conduzca a un sistema tributario confiable, predecible y permanente.

Un ejemplo de las deficiencias en el gasto público es el de las pensiones del régimen de prima media que representa uno de los rubros más altos del Presupuesto General de la Nación, con un hueco fiscal de 35 billones de pesos que cubrimos todos los colombianos. El régimen cuenta con un nivel elevado de subsidios que, en su mayoría, se concentran en el quintil de mayores ingresos, tal como lo señala el Departamento Nacional de Planeación.

II. Consideraciones específicas

A. Impuesto de renta

Como se señaló anteriormente, las tarifas combinadas del impuesto sobre la renta y dividendos aumentarían frente a las que tendríamos con las normas hoy vigentes. Adicionalmente, se eleva la tarifa de renta presuntiva del 3% al 4%.

Esto representa un aumento del 33% de la carga impositiva para sectores productivos con altas inversiones en patrimonio, que en casos como subsectores del sector agropecuario y en infraestructura, tienen una alta inversión inicial, periodos importantes en que los proyectos no generan ingresos y sus rendimientos son a largo plazo. Esta propuesta de elevar la renta presuntiva es cercana al impuesto a la riqueza que todos los sectores económicos, académicos, internacionales y hasta el mismo Gobierno han señalado como regresivo.

El CGN, solicita al gobierno y al propio Congreso de la Republica, considerar que el alivio a la carga tributaria de las personas jurídicas que recomendó la Comisión de Expertos entre a regir a partir del año 2017.

En tal sentido, solicitamos que la tarifa en renta combinada sociedad-socio quede en máximo un 35% (asumiendo un 100% de repartición de utilidades) y renta presuntiva que se mantenga en el 3%.

B. Impuestos a los dividendos de personas jurídicas extranjeras y otros no residentes fiscales Si bien en la ponencia para primer debate se disminuyó la tarifa del gravamen a los dividendos en cabeza de sociedades extranjeras del 10% al 5%, consideramos que el Tratamiento propuesto lleva a que los titulares de inversión extranjera directa en Colombia asuman una carga fiscal sobre dividendos que ya estuvieron gravados en la sociedad. Esto lleva a que los inversionistas tengan tasas efectivas de tributación superiores a las que ofrecen otros países con quienes competimos directamente, conduciendo a que el país se haga menos atractivo para estos capitales.

C. Término de firmeza de las declaraciones y término para proferir requerimiento especial el proyecto de ley propone aumentar a tres (3), seis (6) y nueve (9) años de firmeza de las declaraciones tributarias. En nuestra opinión, deberían mantenerse los términos actuales, puesto que su modificación aumenta la incertidumbre jurídica para los contribuyentes, y promueve la ineficiencia administrativa de la autoridad tributaria.

D. Régimen sancionatorio En materia sancionatoria, preocupa que el Artículo 250 de la ponencia no haya corregido propuestas que minan la seguridad jurídica y el debido proceso, así: i) se elimina la gradualidad en la imposición de las sanciones; ii) aumenta sanciones por información errónea o extemporánea que la práctica ha demostrado tienen una alta litigiosidad con la administración tributaria, entre otros.

Igualmente, el artículo 311 deroga los principios sobre los cuales se deben fundamentar las sanciones, establecidos en el artículo 197 de la Ley 1607 de 2012. Estos principios son la columna vertebral de la instancia administrativa tributaria y judicial en la cual se discute la determinación de los tributos y las sanciones respectivas.

La norma constituye una clara aplicación de principios rectores y garantías constitucionales a favor de los administrados, en especial del principio cardinal del debido proceso, con lo que la derogatoria de esta norma implicaría un verdadero retroceso en materia de los derechos de los contribuyentes, atentando contra la seguridad jurídica y las garantías de los administrados.

E. Competencia de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales – UGPP En la ponencia para primer debate del Proyecto encontramos que se incluyeron algunas propuestas en materia de competencia de la UGPP. Sobre este particular, consideramos pertinente recordar que el sector empresarial colombiano ha venido desarrollando un trabajo conjunto con la entidad, con el fin de armonizar su competencia con el régimen laboral y la jurisprudencia.

En diálogo entre el CGN y el Ministro de Hacienda, éste mencionó que el proyecto de reforma tributaria sería la oportunidad para aclarar las bases de liquidación para efectos fiscales.

Proponemos retomar la intención del Gobierno Nacional e incluir en la ponencia para segundo debate la claridad que requiere la base de liquidación para independientes y el régimen descuentos para trabajadores, entre otros.

Finalmente, pese a la premura del tiempo, el CGN hace un llamado a que el debate del Proyecto sea un ejemplo de democracia y apertura y tanto el Gobierno Nacional como el Congreso de la República abran espacios de discusión y se hagan los ajustes necesarios, de tal suerte que el texto de la reforma no se convierta en un golpe para la competitividad empresarial, necesaria para el desarrollo del país así como para la sostenibilidad de algunos renglones de la economía.

Quedamos atentos a sus comentarios y reiteramos nuestro compromiso con el diálogo y la búsqueda de una estructura tributaria, acorde con los retos de crecimiento y sostenibilidad empresarial.