En primera sentencia bajo el nuevo Sistema Penal Abreviado fueron condenados 2 hermanos en el Tolima
–El juzgado Segundo Penal Municipal de El Espinal, Tolima, profirió la primera sentencia condenatoria dentro del nuevo Sistema Penal Abreviado, instaurado por la Ley 1826 de 2017, la cual recayó sobre los hermanos Harold Felipe y Carlos Alfredo Castro Soto, por el delito de hurto.
La nueva norma entró en vigencia el 13 de julio último y prevé un procedimiento expedito para garantizar a los colombianos una pronta y efectiva administración de justicia para delitos como el hurto, lesiones personales y estafa, entre otros, que registran un alto nivel de ocurrencia en el país.
La decisión judicial fue proferida mediante un preacuerdo firmado entre la Fiscalía y los hoy sentenciados de 21 y 24 años de edad, detenidos en flagrancia el mismo 13 de julio, mientras cometían el hurto de una teja de zinc en una residencia de El Espinal (Tolima), por el cual deberán pagar una pena 9 meses de prisión.
Un día después de la aprehensión, el Juzgado Segundo Penal Municipal de El Espinal llevó a cabo la audiencia de legalización de captura de los procesados y la Fiscalía, como está descrito en la Ley de Procedimiento Penal Abreviado, trasladó el escrito de acusación y el descubrimiento probatorio.
El 28 de julio de 2017, la Fiscalía Segunda Local de la citada población tolimense radicó el escrito de preacuerdo en donde Harold Felipe y Carlos Alfredo Castro Soto aceptaron su responsabilidad en los hechos imputados como coautores del delito de hurto calificado con circunstancias de agravación punitiva. Además, a los procesados se les reconoció las circunstancias de marginalidad, ignorancia o pobreza extrema.
En audiencia celebrada el pasado 2 de agosto se verificó la legalidad del preacuerdo y el juez dio a conocer su decisión.
Dentro del nuevo Sistema Penal Abreviado, además del hurto, lesiones personales, la injuria y la estafa, ya citados, serán judicializados los responsables de otros delito que registran un alto nivel de ocurrencia, como son daño en bien ajeno, lesiones personales sin secuelas y violación de habitación ajena e injuria por vías de hecho.
Estas conductas delictuales representan el 57 por ciento de las noticias criminales que recibe la Fiscalía General de la Nación, lo que demuestra que esta norma contribuirá no solo a agilizar el procedimiento judicial sino que permitirá disminuir visiblemente la congestión de los despachos, resaltó el organismo investigador.