Con la campaña ‘Parqueadero al Día’, que promueve la Secretaría Gobierno, la Administración Distrital busca proteger los derechos de los usuarios de estos establecimientos a través información, operativos de inspección, vigilancia y control.
La idea es que quienes se dediquen a esta actividad se ajusten a las normas, en especial a lo contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia (artículos 90 y 91), el Código de Comercio y lo decretado por el Distrito para regular su funcionamiento.Y que a su vez los clientes de los parquederos conozcan sus derechos.
La Dirección para la Gestión Policiva, de la Secretaría de Gobierno, junto con los alcaldes locales, son los responsables de identificar y vigilar a los parqueaderos para que en caso de que incumplan las normas notifiquen a las autoridades respectivas encargadas de aplicar las sanciones.
Deberes de los parqueaderos:
Deben informar de manera clara y visible las tarifas, horarios y la existencia de cupos.
Así mismo suministrar en un aviso o en los recibos que entregan el número de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, compañía aseguradora y el procedimiento para reclamar.
El parqueadero debe prestar el servicio sanitario a niños, mujeres en estado de embarazo y adultos de la tercera edad, sin importar que sean clientes o no.
El parqueadero no le podrá exigir periodos de permanencia mínimas para prestar el servicio.
El parqueadero debe responder por daños causados a vehículos en su integridad así como a los emblemas, llantas, radio no extraíble y espejos, siempre y cuando ocurra dentro del establecimiento. El procedimiento de reclamación sobre los daños será el que esté registrado en un aviso o recibo.
Los parqueaderos deberán responder por elementos personales que no hagan parte del vehículo si se informa al momento del ingreso sobre estos los elementos u objetos personales.
Estos establecimientos están obligados a prestar el servicio a motos y bicicletas. La tarifa máxima para bicicletas es de 10 pesos en cualquier parqueadero.