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La Supersalud somete a vigilancia especial a la EPS Emssanar; tiene 1.9 millones de afiliados

–Apenas unas horas después de haber ordenado la liquidación de la EPS Cruz Blanca, la Superintendencia Nacional de Salud intervino otra EPS. Se trata de Emssanar S.A.S., la cual quedó a partir de la fecha bajo medida de vigilancia especial debido a deficiencias e irregularidades en materia de prestación de servicios y manejo administrativo.

La medida que se extiende por un año implica que no podrá recibir nuevos afiliados ni aceptar traslados.

Esta EPS, que tienen 1 millón 903 mil 823 afiliados, opera en 102 municipios de 4 departamentos del país: Valle del Cauca, Nariño, Putumayo y Cauca.

Esta es la distribución de afiliados:

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La Supersalud indicó que adoptó la decisión por el incuplimiento en el reporte de información necesaria para las labores de inspección y vigilancia de la entidad; por inconsistencias en la administración y el flujo de recursos hacia la red prestadora dee servicios de salud, así como en los reportes que garantizan la destinación de los dzineros al pago de la obligaciones con terceros.

La resolución 8925 del 2 de octubre de 2019, a través de la cual se determinó la medida por un año, señala que para cada trimestre de vigencia de 2019, la EPS no hace lo ncesario para identificar y pagar las obligaciones por la prestación del servicio.

Adicionalmente se encontró que la EPWS para el corte de mayo a a agosto de 2019, se toma en promedio 17 días para resolver los casos de que quejas por riesgo de vida de los pacientes, lo que denota falta de oportunidad en la gestión de la PQRD.

La Supersalud considera que ante la afectación en el aseguramiento en salud, la garantía de la prestadora de los servicios y el riesgo de los recursos del sistgema es ncesaria la medida preventiva de vigilancia especial para la EPS.

Emssanar S.A.S. deberá garantizar el aseguramientio en salud, la prestación de los servicios a sus afiliados y el suministro oportuno de los insumos y tecnologías.

La resolución ordena a la EPS presentar, en 20 días calendario, las acciones y estrategias que para aplicará para solucionar los problemas encontrados por la Supersalud.

Además, los primeros 20 días calendario de cada mes deberá reportar los resultados de los indicadores que establezca la delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia, para los componentes administrativo, financiero y técnico científico.

Contra la resolución procede el recurso de reposición, aunque la medida de vigilancia y la orden de no recibir afiliaciones es de cumplimiento inmediato, subraya la Supersalud.