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JEP acredita como víctimas a más de 5 mil familias en caso territorial de Tumaco y Nariño

Foto: jep.gov.co

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de JEP acreditó como víctimas colectivas a la Asociación campesina de Tumaco y al grupo de campesinos de Ricaurte, en el marco del Caso 02, con el que la JEP priorizó la situación territorial de Tumaco, Barbacoas y Ricaurte.

A través de la Corporación Jurídica Yira Castro, alrededor de 5.000 familias campesinas de 25 veredas, habían solicitado acreditarse en calidad de víctimas para participar ante la JEP en las diferentes instancias de los procesos que cursen en el Caso 02. Igualmente, en un informe preliminar, entregado a esta Jurisdicción el pasado 8 de agosto, denunciaron las conductas violentas ocurridas en el marco del conflicto armado contra las personas que pertenecen a las comunidades campesinas de los territorios priorizados.

Con esta acreditación colectiva, la JEP avanza en las garantías de la participación de las víctimas en las diferentes etapas judiciales del proceso en el marco del caso 02. Entre los criterios, la Sala de Reconocimiento tuvo en cuenta el enfoque territorial con el que se reconocen las necesidades, características y particularidades económicas, culturales y sociales de los territorios y las comunidades.

La materialización de este enfoque a favor de las comunidades campesinas representa en primer lugar, reconocerlas como sujeto histórico y protagonista de la sociedad democrática del país y, segundo, contribuir a entender y remover las discriminaciones que históricamente han sufrido, garantizando sus derechos a la igualdad y a la no discriminación.

?Los derechos de las víctimas que se acreditan ante la JEP

Las víctimas que se acreditan ante la JEP tienen derecho a:

– Participar en todas las instancias del proceso, de acuerdo con lo establecido en la ley

– Recibir asesoría, orientación y representación judicial a través del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD), de la Secretaría Ejecutiva de la JEP.

– Estar informadas del avance de la investigación del proceso.

– Aportar pruebas, asistir a las diligencias e interponer recursos contra las decisiones que profieran

– Solicitar acompañamiento psicosocial y jurídico en los procedimientos

– Solicitar medidas de protección en el caso que sus derechos fundamentales sean amenazados por participar ante la JEP.

– Presentar observaciones a las versiones que les sean trasladadas.

– Asistir a la audiencia de reconocimiento de verdad y responsabilidad y presentar observaciones finales.

– Presentar observaciones en relación con los proyectos restaurativos formulados por los comparecientes, entre otros.

Así va el caso 02 de la JEP

El Caso 02 de la JEP, abierto el 10 de julio de 2018, investiga las graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario presuntamente cometidas por exguerrilleros de las Farc-EP y miembros de la fuerza pública, entre el 1 de enero de 1990 y antes del 1 de diciembre de 2016, en los municipios de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, en Nariño, sin perjuicio de aquellos terceros que voluntariamente decidan someterse a esta Jurisdicción.

Actualmente, la Sala de Reconocimiento se encuentra en la etapa de recepción de versiones de presuntos responsables y, más adelante, pondrá a disposición de las víctimas acreditadas y su representante, las versiones practicadas hasta la fecha en el marco del Caso 02. Esto con el propósito de que las víctimas, mediante su representante, puedan presentar observaciones de manera verbal en audiencia pública o escrita después de que sean trasladadas las versiones de los comparecientes.